Las UTEs (Uniones Temporales de Empresas) son creadas para llevar a cabo proyectos o servicios concretos.
Es decir, es un sistema de cooperación entre empresarios por un tiempo determinado que deberá formalizarse en una escritura pública en la que se recoja la identidad de las empresas constituyentes y los estatutos o pactos que rigen su funcionamiento conforme a lo dispuesto en la Ley 18/1982.
Para qué se utilizan las UTES
Las Uniones Temporales de Empresas (UTEs) se emplean para llevar a cabo proyectos específicos en colaboración con otros empresarios.
Normalmente se constituyen cuando un único empresario, con sus recursos económicos, personales y materiales, no puede afrontar un contrato particular. En consecuencia, se une con otras empresas para abordar conjuntamente el proyecto.
La principal ventaja de participar en una UTE radica en la reducción de costos y en la distribución de riesgos, evitando asumir la carga por cuenta propia.
Quién puede crear una UTE
Los participantes de la UTE pueden ser empresarios individuales o sociedades, que continuarán con su actividad normalmente, indiferentemente de los que se lleve a cabo con la Unión Temporal de Empresas. Este aspecto es fundamental y establece una distinción con las agrupaciones de interés económico, estructuras jurídicas similares que sí poseen personalidad jurídica propia.
Las empresas participantes de esta unión se encontrarán sometidas a un régimen de responsabilidad solidaria e ilimitada ante terceros, que se limitará exclusivamente a las operaciones realizadas en común.
Cómo crear una UTE
La Unión Temporal de Empresas (UTE) se destaca por la existencia de un único objeto social, que implica la realización conjunta de una obra o servicio.
La creación de una UTE requiere la participación de un notario, quien elevará a escritura pública el acuerdo fundacional o estatutario. Estos estatutos deben contener, al menos:
- Denominación, objeto social, duración y domicilio fiscal.
- Los socios que la componen.
- Porcentaje de participación de cada empresa o empresario en la UTE, junto con la posible distribución de pérdidas o ganancias en el futuro.
- El detalle de las aportaciones iniciales (si las hay).
- Liquidación de la Unión Temporal.
¿Cómo se administra una UTE?
Mediante este contrato de asociación empresarial, se crea una nueva entidad autónoma que opera bajo una única dirección y adopta una denominación que puede ser la de una, varias o todas las empresas participantes, seguida de la expresión “Unión Temporal de Empresas”.
La gestión de esta entidad recae en un gerente único, quien cuenta con facultades suficientes para llevar a cabo y desarrollar las funciones de la UTE, como la firma de contratos, la realización de actos y la asunción de obligaciones. Este gerente debe poseer poderes otorgados por todos los miembros.
Además, la UTE organizará y administrará los siguientes órganos:
- Junta de Empresarios: Este órgano superior está compuesto por un representante de cada una de las empresas participantes.
- Comité de Gerencia: Formado por un representante de cada una de las empresas miembros de la UTE, este órgano se encarga de diseñar la política de dirección del proyecto.
Aspectos fiscales de la UTE
Es importante destacar que, con el fin de aprovechar las ventajas fiscales contempladas por la ley, la Unión Temporal de Empresas (UTE) debe ser formalizada mediante escritura pública ante un notario y registrada en el registro especial del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Si deseas conocer las especificidades de estas ventajas fiscales, te recomendamos consultar con uno de nuestros abogados: RRYP Global.
Es crucial tener en cuenta que los rendimientos generados por las empresas que forman parte de las UTE deben ser establecidos bajo el régimen de estimación directa para que estén sujetos a gravamen en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Además, los integrantes de las UTE tienen la obligación de realizar retenciones por concepto del IRPF o el Impuesto de Sociedades, así como por los tributos indirectos que la UTE deba satisfacer como consecuencia de la actividad que desarrolla.
Cómo proceder al concluir la obra o proyecto que motivó la formación de la Unión Temporal de Empresas (UTE)
Las Uniones Temporales de Empresas (UTEs) se establecerán por la misma duración que la obra o servicio para la cual fueron constituidas. La duración máxima permitida es de 25 años, salvo en los casos relacionados con contratos vinculados a la explotación de servicios públicos, donde la duración puede extenderse a 50 años.
Una vez completada la obra o el suministro que motivó la creación de la UTE, esta se extinguirá. El proceso de extinción debe formalizarse mediante escritura pública y posteriormente notificarse al Ministerio de Economía y Hacienda, quien procederá a dar de baja la UTE en el registro especial.