Empresa internacional · RRYP Global

Abogados de competencia desleal internacional en España

Litigios empresariales cuando una compañía, marca o negocio internacional ve afectada su posición competitiva en España por conductas de engaño, confusión, descrédito, publicidad desleal, desvío de clientela, aprovechamiento de reputación o uso indebido de información empresarial.

Competencia desleal Desvío de clientela Publicidad Secretos empresariales Medidas cautelares
Madrid · Málaga · Córdoba
Conflictos empresariales con conexión con España
El punto de partida

No todo conflicto entre competidores es competencia desleal

Competir, captar clientes o lanzar un producto similar no constituye por sí solo una conducta ilícita.

La primera cuestión es identificar qué ha ocurrido realmente, qué ventaja competitiva se ha obtenido y si la conducta puede encajar en el régimen jurídico de competencia desleal, secretos empresariales, propiedad industrial u otras acciones concurrentes.

01 · Engaño

Se difunde información que puede inducir a error al mercado

Mensajes, afirmaciones, comparaciones o presentaciones comerciales pueden alterar la percepción de clientes sobre productos, servicios o competidores.

02 · Confusión

Un competidor genera asociación con otra empresa

La presentación de una oferta, producto, web, nombre o comunicación comercial puede generar confusión sobre su origen empresarial.

03 · Desvío

Clientes o contratos estratégicos están siendo desviados

La captación debe analizarse junto con los medios empleados, la información utilizada, las relaciones previas y la posible existencia de otras conductas desleales.

04 · Descrédito

Se deteriora la reputación comercial de la empresa

Comunicaciones frente a clientes, distribuidores, proveedores o el mercado pueden afectar directamente a la posición competitiva.

05 · Información

Se utiliza información interna con valor empresarial

Bases de clientes, estrategias, precios, propuestas, datos técnicos o documentación comercial pueden requerir protección específica.

06 · Reputación

Un tercero aprovecha una posición construida por otro operador

Marca, imagen, inversión, presencia de mercado o prestigio comercial pueden convertirse en elementos relevantes del conflicto.

Derecho internacional privado

Un conflicto global puede exigir una actuación específica en España

Que la empresa afectada sea extranjera no impide que determinadas conductas deban perseguirse ante tribunales españoles cuando el mercado, los efectos, la prueba o el operador implicado presentan conexión con España.

01

Mercado afectado

Debe identificarse dónde se proyecta la conducta y qué relaciones competitivas están siendo afectadas.

02

Competencia judicial

La posibilidad de demandar en España depende del régimen internacional aplicable y de las conexiones del litigio.

03

Ley aplicable

En conflictos de competencia desleal, la ley aplicable puede depender del mercado cuyas relaciones competitivas resultan afectadas.

04

Prueba internacional

Correos, clientes, servidores, sociedades, contratos o documentación pueden encontrarse en distintas jurisdicciones.

05

Estrategia coordinada

La actuación española debe integrarse con las medidas que puedan resultar necesarias en otros países.

Asuntos

Experiencia representativa

Una selección de asuntos empresariales en los que competencia, propiedad industrial, reputación o actividad comercial presentan dimensión internacional.

Propiedad industrial

Conflicto internacional de patente entre empresas

Controversia empresarial de dimensión internacional vinculada a derechos industriales y prioridad.

Empresa internacional

Conflictos sobre posición comercial, clientes y mercado español

Actuaciones donde la empresa, el operador, los clientes o la conducta presentan conexiones con distintas jurisdicciones.

Litigación mercantil

Protección judicial de activos y relaciones empresariales

Estrategias dirigidas a cesar conductas, preservar información, proteger relaciones comerciales y reclamar daños cuando proceda.

Impacto económico

El daño puede ser mayor que una venta perdida

En una empresa rentable, la conducta desleal puede afectar a una cuenta estratégica, una red comercial, información crítica, reputación o una posición de mercado desarrollada durante años.

Posición competitiva

Antes de reclamar, hay que determinar qué activo económico está realmente siendo afectado.

No todos los clientes, contratos o datos tienen el mismo valor. La estrategia debe partir del impacto empresarial real.

  • Clientes estratégicos
  • Contratos
  • Red de distribución
  • Márgenes
  • Reputación
  • Información

Daños y restitución

La reclamación económica exige construir una relación probatoria entre la conducta y el perjuicio.

La cuantificación puede requerir analizar pérdida de clientes, margen dejado de obtener, contratos desviados, inversión aprovechada u otros efectos económicamente acreditables.

  • Lucro cesante
  • Pérdida de contratos
  • Margen
  • Inversión
  • Enriquecimiento
  • Daño reputacional
Evidencia

En competencia desleal, la prueba condiciona la estrategia

Antes de enviar un requerimiento o presentar una demanda, conviene saber qué puede demostrarse y qué evidencia puede desaparecer si la contraparte conoce la reclamación.

01

Comunicaciones

Correos, mensajes, propuestas, campañas y comunicaciones a clientes pueden reconstruir la conducta.

02

Actividad digital

Webs, dominios, anuncios, marketplaces, redes sociales y contenidos pueden requerir preservación probatoria.

03

Información interna

Accesos, bases de datos, documentos, CRM, propuestas o archivos pueden resultar relevantes.

04

Daño económico

Facturación, clientes, contratos, márgenes y evolución comercial permiten analizar el impacto.

Marco jurídico

Normas que pueden intervenir

Una controversia puede exigir combinar competencia desleal, secretos empresariales, propiedad industrial, Derecho internacional privado y normas procesales.

Mercado español

Ley 3/1991 de Competencia Desleal

Constituye el marco central para analizar conductas desleales que afectan al funcionamiento competitivo del mercado español.

Consultar ley →
Ley aplicable

Reglamento Roma II

El Reglamento (CE) 864/2007 contiene reglas sobre la ley aplicable a obligaciones extracontractuales y contempla específicamente la competencia desleal.

Consultar Roma II →
Información empresarial

Ley 1/2019 de Secretos Empresariales

Puede resultar relevante cuando el conflicto afecta a información empresarial secreta, con valor empresarial y sometida a medidas razonables de protección.

Consultar ley →
Competencia judicial

Bruselas I bis

En litigios dentro de su ámbito, el Reglamento (UE) 1215/2012 puede resultar relevante para determinar qué tribunales son internacionalmente competentes.

Consultar Reglamento →

La calificación jurídica no debe darse por supuesta.Una misma controversia empresarial puede plantear cuestiones contractuales, competencia desleal, secretos empresariales, marcas, patentes, responsabilidad o incluso relevancia penal, dependiendo de los hechos y de la prueba disponible.

Legal Insights

Dos cuestiones habituales en conflictos competitivos

Comparar productos, captar clientes o competir agresivamente no es automáticamente ilícito. El análisis depende de la conducta concreta y de cómo afecta al mercado.

Competencia desleal

Cuándo una conducta comercial puede superar los límites de la competencia legítima

El análisis jurídico debe centrarse en los medios empleados, la posición competitiva afectada, los efectos en el mercado y la prueba disponible.

Ver análisis →
Empresa · Mercado

Cuando la actividad de un competidor afecta directamente al negocio

Clientes, reputación, información y posicionamiento comercial pueden convertirse en el centro de una controversia mercantil.

Ver análisis →
Protección

No todos los asuntos empiezan con una demanda

La estrategia debe responder al objetivo empresarial: detener la conducta, conservar prueba, proteger información, recuperar control o reclamar daños.

01

Requerimiento de cese

Puede utilizarse para fijar la posición jurídica y exigir el fin de determinadas conductas.

02

Diligencias preliminares

En determinados supuestos puede ser necesario obtener información antes de formular la acción principal.

03

Medidas cautelares

Cuando existe urgencia, puede valorarse una protección provisional destinada a evitar la consolidación del daño.

04

Demanda mercantil

La acción principal puede perseguir declaración, cesación, remoción, rectificación u otras consecuencias previstas por la ley.

05

Reclamación de daños

Cuando concurran los presupuestos, puede plantearse una reclamación económica vinculada al perjuicio sufrido.

Jurisprudencia europea

La publicidad comparativa puede ser lícita, pero está sometida a condiciones

Tribunal de Justicia de la Unión Europea · 19 septiembre 2006

Lidl Belgium contra Colruyt: publicidad comparativa y comparación de precios

En el asunto C-356/04, el Tribunal de Justicia examinó una controversia sobre publicidad comparativa entre operadores del mercado belga.

La cuestión se refería, entre otros aspectos, a la comparación del nivel general de precios y de una selección de productos.

La resolución ilustra que la publicidad comparativa no es ilícita por definición, pero debe analizarse conforme a las condiciones exigidas por el régimen aplicable.

Asunto C-356/04 · Lidl Belgium GmbH & Co. KG contra Etablissementen Franz Colruyt NV · Sentencia de 19 de septiembre de 2006 · ECLI:EU:C:2006:585

Consultar jurisprudencia →
Dirección jurídica

Derecho internacional aplicado a conflictos empresariales

La práctica combina litigación mercantil, Derecho internacional privado y análisis de la posición económica de empresas que operan en distintos mercados.

Dirección jurídica

Mar Gámez

Abogada especializada en Derecho Internacional Privado y socia directora de RRYP Global.

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Universidad

Derecho internacional privado y comparado

Docencia universitaria continuada en Derecho Internacional Privado y Derecho Comparado.

Legal Intelligence

Empresa y competencia desleal

Análisis jurídico sobre competencia, contratos, tecnología y conflictos empresariales internacionales.

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Method

Cómo estructuramos un conflicto de competencia desleal

Actuar rápido no significa actuar sin orden. La estrategia depende de la conducta, la prueba, el daño, las personas implicadas y el objetivo empresarial.

01

Conducta

Qué ocurrió, quién intervino, cuándo empezó y cómo afecta al negocio.

02

Prueba

Correos, contratos, clientes, contenidos, accesos, datos y documentación.

03

Estrategia

Requerimiento, negociación, diligencias, cautelares, demanda o acciones concurrentes.

04

Daño y ejecución

Cuantificación, reclamación, seguimiento y protección de la posición empresarial.

Presupuesto cerrado por fase

Antes de iniciar cada fase, RRYP Global define su alcance y los honorarios correspondientes.

Diligencias preliminares, requerimientos, medidas cautelares, demanda, prueba pericial o cuantificación de daños pueden constituir fases diferentes del mismo conflicto.

Legal Intelligence

Profundizar en competencia desleal

Análisis sobre publicidad, comparación de productos, reputación, información empresarial y conflictos competitivos.

Publicidad

¿Pueden comparar mi producto para hacer publicidad?

La publicidad comparativa puede ser lícita, pero debe respetar los requisitos establecidos por la normativa aplicable.

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Empresa

Litigios empresariales internacionales

Conflictos con sociedades, clientes, activos, contratos o conductas distribuidas entre varias jurisdicciones.

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Contratos

Cuando el conflicto también depende de una relación contractual

Distribución, exclusividad, confidencialidad o colaboración pueden coexistir con cuestiones de competencia desleal.

Ver Contratos internacionales →
Antes de actuar

Cuestiones iniciales

La calificación jurídica depende de la conducta, el mercado, la prueba, las relaciones previas y los países implicados.

¿Qué se considera competencia desleal?

No existe una única conducta. La Ley de Competencia Desleal contempla distintos supuestos, entre ellos actos de engaño, confusión, denigración, determinados actos de comparación, imitación o explotación de reputación ajena. La calificación depende de los hechos.

¿Captar clientes de un competidor es competencia desleal?

No necesariamente. La captación de clientes forma parte de la competencia. Deben analizarse los medios utilizados, la información empleada, las obligaciones previas y las conductas que acompañan a esa captación.

¿Puede una empresa extranjera demandar por competencia desleal en España?

Puede ser posible cuando exista una conexión jurídica suficiente con España. Deben analizarse la competencia internacional, el mercado afectado, la conducta, sus efectos y la ley aplicable.

¿Qué ley se aplica a un conflicto internacional de competencia desleal?

En los asuntos comprendidos en el Reglamento Roma II, la competencia desleal tiene una regla específica vinculada al país en cuyo territorio las relaciones de competencia o los intereses colectivos resulten o puedan resultar afectados.

¿Puede pedirse una medida cautelar para detener la conducta?

Puede ser posible cuando concurren los presupuestos procesales exigidos para adoptar medidas cautelares. La urgencia, la apariencia del derecho y el riesgo de que la situación se consolide deben analizarse en cada caso.

¿Puede reclamarse una indemnización?

La Ley contempla acciones indemnizatorias cuando concurren sus presupuestos. La reclamación exige además acreditar y cuantificar el daño jurídicamente relevante.

¿Cómo se prueba el desvío de clientes?

Depende de la conducta. Pueden ser relevantes correos, propuestas, comunicaciones, contratos, facturación, CRM, accesos, campañas, testimonios y documentación que permita reconstruir qué clientes fueron contactados, cómo y con qué resultado.

¿Competencia desleal y secretos empresariales son lo mismo?

No. Son regímenes jurídicos distintos, aunque pueden coexistir en un mismo conflicto. Cuando existe uso o revelación de información empresarial protegible, puede ser necesario analizar también la Ley de Secretos Empresariales.

¿Competencia desleal y propiedad industrial son lo mismo?

No. Marcas, patentes u otros derechos industriales protegen posiciones jurídicas específicas. La competencia desleal responde a un régimen diferente. En determinadas controversias ambas vías pueden concurrir.

¿Qué tipo de asuntos asume RRYP Global?

RRYP Global concentra esta práctica en conflictos empresariales con relevancia económica, complejidad jurídica, dimensión internacional o impacto significativo sobre clientes, información, reputación o posición competitiva.

Autoría jurídica

RRYP Global

Contenido elaborado para la práctica de Empresa Internacional de RRYP Global.

La información contenida en esta página es general y no sustituye el análisis individualizado de la conducta, la relación competitiva, el mercado afectado, la prueba, los daños, la competencia internacional, la ley aplicable y las circunstancias del conflicto concreto.

Marco normativo de referencia: Ley 3/1991 de Competencia Desleal; Reglamento (CE) 864/2007 sobre la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales —Roma II—; Reglamento (UE) 1215/2012; Ley 1/2019 de Secretos Empresariales; legislación procesal española y demás normativa mercantil, industrial o internacional que resulte aplicable.

Primera reunión jurídica

Entender la conducta antes de reaccionar

350 € IVA incluido

La primera reunión permite comprender qué ha ocurrido, qué posición empresarial está siendo afectada, qué prueba existe y qué actuaciones pueden requerir un análisis posterior.

  • Empresas implicadas
  • Países relacionados
  • Conducta denunciada
  • Fecha de inicio
  • Clientes afectados
  • Contratos desviados
  • Información utilizada
  • Campañas o comunicaciones
  • Prueba disponible
  • Daño económico aproximado
  • Actuaciones ya realizadas
  • Urgencia o riesgo de continuidad

Cuando sea necesario revisar un volumen significativo de correos, contratos, bases de datos, información comercial, campañas, documentación técnica o cuantificación económica, ese análisis se identifica como trabajo posterior.

La reunión no implica la aceptación automática del encargo. Si RRYP Global puede asumir el conflicto, la fase correspondiente se formaliza mediante propuesta, presupuesto cerrado y hoja de encargo.

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Asuntos relacionados

Cuando el conflicto no termina en la competencia desleal

Una controversia competitiva puede conectarse con contratos, propiedad intelectual, tecnología o litigación internacional, sin que todas esas cuestiones deban resolverse bajo la misma acción.

Antes de requerir, demandar o solicitar medidas urgentes, conviene identificar qué conducta puede acreditarse, qué activo empresarial está realmente en riesgo y qué actuación protege mejor la posición competitiva de la empresa.

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