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RRYP Global asume en España asuntos de custodia de hijos cuando los padres viven en distintos países, cuando la vida del menor se organiza entre España y el extranjero o cuando ambos progenitores son extranjeros, residen en España y necesitan dejar bien resuelto qué ocurrirá si más adelante uno de ellos se traslada fuera.

Esta firma de abogados de custodia internacional interviene cuando es necesario fijar con claridad la residencia del menor, la custodia, la patria potestad, la pensión de alimentos y el régimen de estancias en un contexto internacional. Porque:
El valor de los abogados de RRYP Global está en comprender bien el tipo de estructura que suele rodear estos casos: movilidad constante, exigencia profesional, patrimonios internacionales y una realidad familiar que no puede ordenarse con una lectura estándar.
Si necesita plantear un asunto de custodia internacional en España, aquí encontrará las vías para dirigirse a RRYP Global.
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Avda. Sta. Mª de Trassierra 98
En España, la custodia puede ser:
La custodia se fija en función del interés superior del menor. Para ello se valoran su residencia habitual, su estabilidad diaria, su escolarización, la implicación real de cada progenitor en su cuidado, la capacidad de ambos para ofrecer un entorno seguro y las necesidades concretas de la familia. También importa si el sistema propuesto puede sostenerse de forma realista en el tiempo.
La organización de la custodia puede cerrarse por acuerdo o discutirse judicialmente:
Cuando los progenitores están de acuerdo, el convenio debe quedar bien construido para que sea claro, estable y ejecutable.
Cuando no lo están, la estrategia tiene que prepararse bien. La sentencia judicial marcará la organización futura de la vida del menor.
RRYP Global representa a padres internacionales ante los juzgados de familia españoles en procedimientos de guarda y custodia y visitas. Cada paso del procedimiento se apoya en una estrategia definida, pensada para sostener bien la posición del cliente en España y, al mismo tiempo, proteger de forma real el interés superior de su hijo.

Detectamos a tiempo si el otro progenitor vive fuera, puede trasladarse o está intentando consolidar una situación que después resulte difícil de revertir.

Identificamos desde el principio qué puede complicar la custodia: residencia internacional cambiante, dos nacionalidades, viajes, colegio, permisos, estancias largas o decisiones mal cerradas.
Dejamos bien fijados desde el inicio los puntos que marcan el caso: qué país decide, cuál es la residencia habitual del menor, cómo se articula la convivencia y qué sistema es realmente viable.

Planteamos el asunto para que lo acordado o resuelto aquí pueda sostenerse también fuera de España y no se quede en una decisión difícil de hacer valer.

Evitamos errores que suelen encarecer y bloquear estos asuntos: dejar pasar tiempo, aceptar soluciones provisionales mal planteadas o abrir procedimientos paralelos en distintos países.


Hemos trabajado desde España en asuntos vinculados a países como Mauritania, Indonesia, Vanuatu, EEUU, Argentina, Cuba, Panamá, Suecia, Suiza, Reino Unido, Francia, Portugal, Italia, Bélgica y Alemania, entre otros.
En muchos de estos asuntos intervienen varios países, idiomas o formas distintas de entender la relación entre padres e hijos. Por eso trabajamos con una lectura jurídica y práctica del caso, identificando la mejor vía en España, coordinando cuando hace falta el encaje con otras jurisdicciones y evitando errores de enfoque, de prueba o de ejecución. Todo ello con un objetivo claro: construir una solución jurídicamente sólida, viable en la práctica y alineada con la estabilidad y el bienestar del menor.

Analizamos la situación familiar, los países implicados y los riesgos principales del caso.
Fijamos el presupuesto y el alcance del trabajo antes de iniciar cualquier actuación.
Estudiamos la residencia habitual del menor, la documentación existente, los movimientos entre países y cualquier cuestión que pueda afectar a la estrategia en España.
Si existe margen real, trabajamos una propuesta seria sobre custodia, residencia, visitas, viajes y pensión de alimentos.
Si no hay acuerdo, preparamos el procedimiento, organizamos la prueba, coordinamos a los profesionales que hagan falta y defendemos la posición del cliente ante el juzgado.
Nuestro equipo combina experiencia en normativa internacional con la capacidad de actuar ante los tribunales españoles. Sabemos que cada asunto familiar con alcance transfronterizo requiere una estrategia legal bien diseñada, respeto al marco jurídico de cada país implicado y una gestión sensible del conflicto.

Socia directora | Dirección jurídica | Letrada nº 137007 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid
Nuestra misión es ofrecer asesoramiento y representación legal internacional de alto nivel ante los Juzgados de España, resolviendo conflictos complejos entre jurisdicciones con estrategia, agilidad y máxima protección de los intereses de nuestros clientes.
Mar Gámez
La práctica de RRYP Global está dirigida por Mar Gámez, abogada especializada en Derecho Internacional Privado. Es profesora de Derecho Internacional Privado y Derecho Comparado en la Universidad Loyola. Es graduada en Derecho y Relaciones Internacionales y cuenta con un LL.M. in International Business Law, Contracting & International Relations por ISDE. También es analista internacional, habiendo aparecido en medios de relevancia como La Sexta.
En RRYP Global, como abogados especializados en guardas y custodias internacionales hemos sido objeto de entrevistas en diversos medios en relación con nuestra especialidad, y somos una presencia habitual en la prensa nacional e internacional. Además, impartimos conferencias regularmente en el campo del Derecho internacional y somos socios de diversas asociaciones empresariales.
A continuación, respondemos las dudas más habituales sobre el proceso de guarda y custodia internacional tramitado en España:
La diferencia entre custodia y patria potestad está en que la custodia se refiere a con quién vive el menor y cómo se organiza su cuidado diario, mientras que la patria potestad comprende las decisiones esenciales sobre su vida, como la educación, la atención médica o el lugar de residencia. En una custodia internacional, ambas cuestiones deben quedar bien diferenciadas y correctamente articuladas.
Un progenitor no puede decidir por sí solo el cambio de país de residencia del menor cuando esa decisión afecta al ejercicio de la patria potestad o a los derechos del otro progenitor. En una custodia internacional, un traslado no consentido puede dar lugar a un conflicto especialmente delicado y exigir una reacción judicial inmediata.
Un juez valora en una custodia internacional la residencia habitual del menor, su estabilidad, su escolarización, su atención médica, la implicación real de cada progenitor y la viabilidad práctica del régimen que se propone. También pueden resultar relevantes la organización profesional de los padres, la movilidad internacional de la familia y la capacidad económica real de cada uno.
La pensión de alimentos en una custodia internacional se fija atendiendo a las necesidades reales del menor y a la capacidad económica efectiva de cada progenitor. Esa valoración puede exigir una lectura precisa no solo de los ingresos, sino también del patrimonio, de los activos y del nivel de vida familiar cuando el caso presenta dimensión internacional.
Si el otro progenitor vive en otro país, la custodia debe organizarse de forma que la vida del menor resulte estable y el régimen acordado o solicitado pueda cumplirse de verdad. En estos asuntos es necesario ordenar con especial precisión la residencia del menor, las estancias, los desplazamientos, la toma de decisiones y, en su caso, la contribución a alimentos.
Una custodia internacional puede modificarse cuando cambian de forma relevante las circunstancias sobre las que se apoyó la medida anterior. Un cambio de país, una nueva estructura familiar, una alteración importante en la situación del menor o en la disponibilidad de los progenitores pueden justificar esa revisión.
Una resolución extranjera de custodia puede producir efectos en España, pero su eficacia depende de la forma en que se articule jurídicamente su reconocimiento o, en su caso, su ejecución. En una custodia internacional, este punto resulta decisivo cuando ya existe una decisión adoptada en otro país y debe desplegar efectos aquí.
Si no hay acuerdo sobre el colegio, la atención médica o la residencia del menor, será necesario plantear judicialmente la cuestión para que quede correctamente resuelta. En una custodia internacional, estas decisiones no pueden dejarse abiertas, porque condicionan de forma directa la estabilidad del menor y el equilibrio entre ambos progenitores.
Las medidas provisionales son decisiones urgentes que permiten ordenar de forma inmediata la residencia del menor, la custodia, la patria potestad, el régimen de estancias o la pensión de alimentos mientras se resuelve el procedimiento principal. En una custodia internacional, suelen ser especialmente importantes cuando la situación del menor no admite espera.
Conviene acudir a un abogado de custodia internacional en España desde el momento en que la residencia del menor, la custodia, la patria potestad, los alimentos o el régimen de estancias quedan afectados por más de un país. En este tipo de asuntos, una buena dirección jurídica desde el inicio puede condicionar todo el recorrido del caso.
Si necesita plantear un asunto de custodia internacional en España, ya sea porque usted reside aquí con su hijo, porque el menor vive en España con el otro progenitor o porque la organización familiar se reparte entre distintos países, aquí encontrará las vías para dirigirse a RRYP Global.