Experiencia / Asunto representativo
Familia internacional · Custodia internacional
Medidas urgentes de protección de una menor en un conflicto de custodia internacional
Controversia transfronteriza sobre responsabilidad parental, residencia habitual y eficacia en España de una resolución dictada en otro Estado miembro de la Unión Europea.
El asunto
Una controversia sobre residencia de una menor y efectos de una resolución parental extranjera
RRYP Global intervino en un conflicto familiar internacional en el que coexistían una resolución sobre responsabilidad parental dictada en otro Estado miembro y procedimientos judiciales relativos a la situación de una menor que se encontraba en España.
La controversia incluía cuestiones relativas a la residencia habitual de la menor, la eficacia transfronteriza de decisiones previamente adoptadas y la posibilidad de establecer protección provisional mientras continuaba el examen judicial del asunto.
En España se solicitaron medidas urgentes relativas a la permanencia y protección de la menor.
Responsabilidad parental
Custodia, residencia, visitas y otras decisiones sobre un menor forman parte de la responsabilidad parental.
Custodia · residencia · visitas · protección
El Derecho de la Unión Europea utiliza el concepto de responsabilidad parental para agrupar los derechos y obligaciones relativos a la persona o bienes de un menor.
Residencia habitual
¿Qué significa la residencia habitual de un menor?
La residencia habitual constituye uno de los principales puntos de conexión en las controversias internacionales sobre responsabilidad parental.
No se identifica necesariamente con la nacionalidad del menor, su domicilio administrativo, su empadronamiento o la mera presencia física en un Estado.
Es un concepto autónomo del Derecho de la Unión que atiende a la vinculación efectiva del menor con un determinado entorno.
La residencia habitual responde a la realidad efectiva de la vida del menor y no únicamente a elementos formales.
Marco europeo
Bruselas II ter regula la competencia y circulación de resoluciones sobre responsabilidad parental
El Reglamento (UE) 2019/1111 establece un marco común para asuntos matrimoniales, responsabilidad parental y sustracción internacional de menores dentro de la Unión Europea.
En materia de responsabilidad parental, el Reglamento contiene reglas relativas a competencia judicial internacional, reconocimiento y ejecución de resoluciones.
Ese sistema resulta relevante cuando existen decisiones sobre custodia, residencia, visitas u otras medidas parentales que deben producir efectos en más de un Estado miembro.
Circulación de resoluciones
Reconocimiento, ejecutividad y ejecución no son conceptos equivalentes
Bruselas II ter facilita la circulación entre Estados miembros de resoluciones relativas a responsabilidad parental.
Eficacia jurídica
Como regla general, las resoluciones dictadas en un Estado miembro son reconocidas en los demás sin necesidad de un procedimiento especial de reconocimiento.
Fuerza ejecutiva
Las resoluciones sobre responsabilidad parental que sean ejecutivas en el Estado miembro de origen pueden ser ejecutivas en otro Estado miembro sin necesidad de declaración de fuerza ejecutiva.
Instrumentos europeos
El Reglamento prevé certificados específicos asociados a la circulación y ejecución de las resoluciones comprendidas en su ámbito.
Efectividad de la resolución
La ejecución se refiere a la producción efectiva de las consecuencias previstas por una resolución en el Estado donde deben cumplirse.
Una resolución puede ser reconocible dentro de la Unión Europea sin que por ello reconocimiento, fuerza ejecutiva y ejecución se conviertan en una única categoría jurídica.
Protección urgente
La competencia sobre el fondo y la posibilidad de proteger urgentemente a un menor pueden pertenecer a planos diferentes.
Urgencia · protección · presencia del menor
Bruselas II ter contempla medidas provisionales o cautelares en situaciones urgentes aunque la competencia sobre el fondo corresponda a los tribunales de otro Estado miembro.
Medidas provisionales y cautelares
¿Qué son las medidas urgentes de protección en un conflicto de custodia internacional?
Son medidas judiciales de carácter provisional destinadas a responder a una situación que requiere protección inmediata.
En asuntos internacionales de responsabilidad parental permiten diferenciar la necesidad de una protección inmediata de la decisión definitiva sobre custodia, residencia o demás medidas parentales.
Su existencia refleja una distinción fundamental del sistema europeo: quién decide finalmente sobre la responsabilidad parental y quién puede adoptar determinadas medidas provisionales en una situación urgente no son necesariamente la misma cuestión.
Una medida urgente de protección no equivale a una resolución definitiva sobre la custodia.
Interés superior del menor
La circulación europea de resoluciones familiares convive con garantías específicas de protección del menor
El interés superior del menor constituye un principio central en las controversias relativas a responsabilidad parental.
Bruselas II ter incorpora expresamente esta consideración en diferentes ámbitos de su regulación y reconoce también relevancia al derecho del menor a expresar su opinión cuando tenga capacidad para formarla.
La existencia de un sistema europeo de reconocimiento y ejecución no elimina las garantías vinculadas a la protección de la persona menor de edad.
La circulación de resoluciones y la protección del interés superior del menor forman parte del mismo sistema europeo de responsabilidad parental.
Límites al reconocimiento
El reconocimiento de una resolución parental extranjera no es absolutamente incondicionado
Bruselas II ter establece motivos específicos de denegación del reconocimiento de resoluciones en materia de responsabilidad parental.
Entre las materias consideradas por el Reglamento se encuentran el orden público atendiendo al interés superior del menor, determinadas garantías procesales, la incompatibilidad con otras resoluciones y ciertos supuestos relacionados con el derecho del menor a expresar su opinión.
Estos límites forman parte del propio sistema europeo de circulación de decisiones familiares.
Sustracción internacional
Una controversia sobre la residencia de un menor no es automáticamente un procedimiento de restitución internacional.
Traslado · retención · custodia · restitución
El Convenio de La Haya de 1980 regula específicamente los supuestos de traslado o retención ilícitos de menores y establece un sistema internacional de restitución.
Convenio de La Haya de 1980
Restitución internacional y decisión definitiva sobre custodia tienen objetos jurídicos diferentes
El Convenio de La Haya de 1980 establece un mecanismo específico frente al traslado o retención ilícitos de menores fuera del Estado de su residencia habitual.
El procedimiento de restitución no tiene por objeto resolver definitivamente qué progenitor debe ostentar la custodia.
En los casos intraeuropeos, Bruselas II ter complementa el funcionamiento del Convenio de La Haya de 1980.
Restitución internacional y resolución sobre el fondo de la responsabilidad parental son cuestiones jurídicamente distintas.
Intervención de RRYP Global
Protección urgente de una menor dentro de una controversia de custodia internacional
La dirección jurídica del asunto correspondió íntegramente a Mar Gámez.
RRYP Global intervino en una controversia de responsabilidad parental en la que coexistían una resolución dictada en otro Estado miembro y procedimientos judiciales relativos a la situación de la menor en España.
La actuación comprendió la solicitud de medidas urgentes de protección en España mientras continuaba el examen judicial de las cuestiones relativas a residencia y responsabilidad parental.
La menor permaneció en España mientras la controversia continuaba sometida a control judicial.
Experiencia internacional
Custodia y responsabilidad parental entre Estados miembros
El asunto combinó residencia habitual, medidas urgentes, responsabilidad parental y circulación europea de resoluciones judiciales.
La controversia se desarrolló dentro del marco europeo de protección de menores y reconocimiento de decisiones familiares transfronterizas.
Dirección letrada
Mar Gámez
Socia directora · Dirección jurídica
Derecho Internacional Privado y litigación internacional
En los conflictos de custodia dentro de la Unión Europea deben distinguirse la competencia sobre el fondo, la residencia habitual del menor, la circulación de resoluciones y las medidas provisionales de protección.
Mar Gámez asumió íntegramente la dirección jurídica del asunto.
Ver perfil profesional →Custodia internacional
Custodia, residencia y responsabilidad parental con elementos internacionales
RRYP Global interviene en controversias de custodia internacional cuando existen cambios de residencia, resoluciones extranjeras, procedimientos en varios países o conflictos sobre la residencia habitual de menores.
Estos asuntos pueden combinar Derecho de familia, Derecho Internacional Privado, Bruselas II ter y mecanismos internacionales de protección de menores.
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¿Existe un conflicto internacional sobre la residencia o custodia de un menor?
Analizamos controversias sobre custodia internacional, residencia habitual, responsabilidad parental, resoluciones extranjeras y protección de menores con conexiones transfronterizas.
La práctica está orientada a asuntos familiares de especial complejidad internacional.