Experiencia / Asunto representativo

Familia internacional · Patrimonio

Divorcio internacional en España con patrimonio digital y consecuencias económicas

Competencia judicial internacional, ley aplicable, régimen económico matrimonial, activos digitales y obligaciones económicas derivadas de una ruptura con elementos internacionales.

Materia Divorcio internacional
Jurisdicción España
Patrimonio Activos tradicionales y digitales
Procedimiento Divorcio internacional en España
01

Un divorcio ante tribunales españoles con patrimonio conectado a más de un sistema jurídico

RRYP Global intervino en un procedimiento de divorcio internacional en España en el que la dimensión patrimonial incluía activos digitales.

El análisis exigía separar cuestiones jurídicamente diferentes: competencia de los tribunales españoles, ley aplicable al divorcio, régimen patrimonial del matrimonio y eventuales consecuencias económicas de la ruptura.

02

Divorcio, patrimonio y prestaciones económicas no forman una única cuestión jurídica.

Un mismo conflicto familiar puede quedar sometido a distintos instrumentos normativos.

El tribunal competente para disolver el matrimonio, la ley que rige el divorcio, las relaciones patrimoniales entre los cónyuges y las obligaciones económicas posteriores deben analizarse por separado.

03

Un divorcio internacional puede quedar distribuido entre varias capas normativas

Bruselas II ter

Competencia para el divorcio

El Reglamento (UE) 2019/1111 contiene los foros europeos de competencia judicial internacional en materia de divorcio, separación legal y nulidad matrimonial.

Roma III

Ley aplicable al divorcio

El Reglamento (UE) 1259/2010 determina la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial en los Estados miembros participantes y tiene aplicación universal.

Reglamento 2016/1103

Régimen económico matrimonial

Cuando resulta aplicable, regula competencia, ley aplicable, reconocimiento y ejecución en materia de regímenes económicos matrimoniales.

Su aplicación exige comprobar también sus reglas territoriales y transitorias.

Reglamento 4/2009

Obligaciones de alimentos

Las obligaciones de alimentos derivadas de relaciones familiares, parentesco, matrimonio o afinidad cuentan con un régimen europeo específico.

El lugar donde se celebró el matrimonio no determina por sí solo dónde puede tramitarse el divorcio

Bruselas II ter utiliza fundamentalmente criterios vinculados a la residencia habitual y, en determinados supuestos, a la nacionalidad de los cónyuges.

Su artículo 3 contempla, entre otros foros, la residencia habitual de los cónyuges, su última residencia habitual común cuando uno todavía reside allí, la residencia habitual del demandado y determinados supuestos basados en la residencia habitual del demandante.

En consecuencia, ni la nacionalidad extranjera de un cónyuge ni la celebración del matrimonio fuera de España excluyen, por sí mismas, que los tribunales españoles puedan resultar competentes.

Celebración del matrimonio y competencia judicial internacional son conexiones jurídicas distintas.

05

Que el divorcio se tramite en España no significa que todas sus cuestiones se rijan automáticamente por Derecho español

Competencia judicial y ley aplicable son preguntas distintas de Derecho Internacional Privado.

Roma III permite, dentro de los límites del Reglamento, una elección de ley por los cónyuges.

A falta de elección, su artículo 8 establece conexiones sucesivas: residencia habitual común al interponerse la demanda; en determinadas condiciones, última residencia habitual común; nacionalidad común; y, subsidiariamente, ley del foro.

Un tribunal español puede ser competente y, sin embargo, tener que aplicar Derecho extranjero a una cuestión comprendida en una norma de conflicto.

06

Disolver el matrimonio y determinar el régimen del patrimonio son operaciones jurídicas diferentes

La sentencia de divorcio no responde necesariamente a las mismas normas que determinan las relaciones patrimoniales entre los cónyuges.

El Reglamento (UE) 2016/1103 regula, dentro de su ámbito, las relaciones patrimoniales derivadas del matrimonio y de su disolución, incluidas cuestiones relativas a la clasificación de bienes, facultades sobre el patrimonio y liquidación del régimen económico matrimonial.

Su aplicación no debe darse por supuesta. El Reglamento opera en el marco de una cooperación reforzada y contiene reglas transitorias específicas. En particular, sus disposiciones sobre ley aplicable presentan limitaciones temporales respecto de matrimonios celebrados o elecciones de ley anteriores al 29 de enero de 2019.

En un matrimonio internacional, identificar el patrimonio es solo una parte del problema. Antes hay que determinar qué régimen jurídico gobierna esas relaciones patrimoniales.

07

Los activos digitales no constituyen un régimen matrimonial distinto

La tecnología modifica la forma del activo. No elimina las preguntas patrimoniales fundamentales.

Existencia y titularidad

¿Qué activo existe y a quién corresponde?

La relación entre control técnico y titularidad jurídica debe examinarse conforme a la naturaleza del activo y al régimen patrimonial aplicable.

Calificación

¿Qué tratamiento recibe dentro del patrimonio matrimonial?

La respuesta no procede de una regla autónoma sobre “cripto”, sino del Derecho que gobierne las relaciones patrimoniales entre los cónyuges.

Valoración

¿Qué valor económico representa?

Activos con elevada volatilidad o liquidez cambiante plantean problemas distintos de los de un activo estable o fácilmente realizable.

Capacidad económica

Patrimonio, liquidez e ingresos no son equivalentes

El valor patrimonial de un activo, su disponibilidad, su capacidad de generar rendimientos y la renta efectivamente percibida son magnitudes diferentes.

08

¿Qué es la pensión compensatoria y cuándo puede existir?

Cuando resulte aplicable el Derecho español, la pensión del artículo 97 del Código Civil no nace automáticamente porque un cónyuge tenga más patrimonio o ingresos que el otro.

Su presupuesto es un desequilibrio económico causado por la separación o el divorcio que sitúe a uno de los cónyuges en una posición económica peor en relación con la mantenida durante el matrimonio.

La pensión compensatoria no es un mecanismo general para igualar patrimonios, salarios o pensiones.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo insiste en esa distinción. Al mismo tiempo, la situación patrimonial posterior puede ser relevante para valorar si el desequilibrio persiste y con qué intensidad.

01

Acuerdos alcanzados por los cónyuges.

02

Edad y estado de salud.

03

Cualificación profesional y probabilidades de acceso a un empleo.

04

Dedicación pasada y futura a la familia.

05

Colaboración en actividades profesionales o empresariales del otro cónyuge.

06

Duración del matrimonio y de la convivencia conyugal.

07

Pérdida eventual de derechos de pensión.

08

Caudal, medios económicos y necesidades de ambos cónyuges.

09

¿Cómo se calcula la pensión compensatoria?

No existe una fórmula legal que permita obtenerla aplicando un porcentaje fijo sobre los ingresos o el patrimonio.

Primero debe determinarse si concurre el desequilibrio jurídicamente relevante. Las circunstancias del artículo 97 sirven después para valorar la prestación y su duración.

La compensación puede articularse como pensión temporal, pensión por tiempo indefinido o prestación única.

Cuando se establece una duración limitada, la jurisprudencia exige que exista una previsión suficientemente fundada de que el desequilibrio podrá superarse. No basta una posibilidad puramente abstracta de mejorar la situación económica.

TS · ECLI:ES:TS:2024:6107

Desequilibrio económico

El Tribunal Supremo reitera que la pensión compensatoria no constituye un sistema de equilibrio entre patrimonios ni entre los ingresos de los cónyuges.

TS · ECLI:ES:TS:2024:6155

Patrimonio y persistencia del desequilibrio

La atribución posterior de bienes puede tener relevancia para valorar si el desequilibrio ha disminuido o desaparecido, sin que ello convierta la compensatoria en una liquidación patrimonial.

10

¿Cómo se determina la pensión de alimentos de los hijos?

Tampoco existe en España un porcentaje legal único del salario que produzca automáticamente una determinada pensión.

El Código Civil parte de un principio de proporcionalidad entre los medios económicos de quien debe prestar los alimentos y las necesidades de quien los recibe.

Necesidades

Gastos de los hijos

La prestación debe responder a las necesidades cubiertas por el concepto legal de alimentos.

Recursos

Capacidad de ambos progenitores

El juicio de proporcionalidad considera los recursos y capacidades económicas de ambos progenitores.

Convivencia

Organización familiar

El régimen de convivencia y los tiempos de estancia pueden incidir en la distribución de la contribución económica.

Vivienda

Componente habitacional

La necesidad de habitación forma parte del concepto legal de alimentos y puede tener relevancia en su cuantificación.

Contenido

Más que alimentación

El artículo 142 incluye sustento, habitación, vestido, asistencia médica y educación en los términos legalmente establecidos.

CGPJ

Tablas orientadoras

Las tablas del Consejo General del Poder Judicial son una herramienta orientadora y no sustituyen la valoración jurídica y económica del caso concreto.

Derecho español

El propio CGPJ indica actualmente que su herramienta de cálculo de pensiones alimenticias se encuentra en proceso de revisión y actualización.

La calificación de una prestación económica importa también en Derecho Internacional Privado

En un conflicto internacional no basta con utilizar la denominación que recibe una prestación en el Derecho nacional.

El Reglamento (CE) 4/2009 regula las obligaciones de alimentos derivadas de relaciones familiares, parentesco, matrimonio o afinidad. El Reglamento 2016/1103, en cambio, excluye las obligaciones de alimentos de su ámbito relativo al régimen económico matrimonial.

Por ello, una atribución económica vinculada a la ruptura puede exigir determinar previamente cuál es su función jurídica antes de decidir qué instrumento europeo resulta aplicable.

Régimen económico matrimonial y obligación de alimentos son categorías distintas dentro del sistema europeo.

12

El patrimonio, el desequilibrio y los alimentos responden a juicios jurídicos diferentes

Tribunal Supremo · 28 noviembre 2024

Pensión compensatoria

La Sala Primera reitera que la compensatoria no persigue igualar patrimonios ni ingresos. Su fundamento es corregir el desequilibrio económico provocado por la ruptura.

Tribunal Supremo · 11 diciembre 2024

Proporcionalidad de alimentos

La Sala describe el juicio de proporcionalidad como una ponderación entre los ingresos de ambos progenitores y las necesidades de los hijos, conforme a la capacidad económica respectiva.

Dirección jurídica de un divorcio internacional con dimensión patrimonial compleja

RRYP Global analizó conjuntamente la dimensión internacional de la ruptura, sus consecuencias económicas y la estructura patrimonial relevante para el procedimiento en España.

La intervención incluyó el estudio jurídico del asunto y la articulación procesal del procedimiento de divorcio ante los tribunales españoles.

Dirección letrada

Mar Gámez

Socia directora · Dirección jurídica
Abogada colegiada nº 137007 ICAM

En familia internacional, la dimensión económica de la ruptura debe integrarse con competencia judicial, ley aplicable y régimen patrimonial.

Mar Gámez desarrolla actividad académica en Derecho Comparado en la Universidad Loyola y dirige en RRYP Global asuntos privados internacionales conectados con distintos ordenamientos y estructuras patrimoniales.

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15 / International family wealth

El patrimonio puede ser digital. El problema jurídico sigue siendo patrimonial e internacional.

Criptoactivos, cuentas digitales u otras formas de patrimonio tecnológicamente complejo no eliminan las preguntas tradicionales: titularidad, régimen jurídico, valoración, liquidez y capacidad económica.

Cuando la relación matrimonial presenta además conexiones con distintos países, esas cuestiones deben integrarse en el sistema de Derecho Internacional Privado aplicable.

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Divorcio internacional, patrimonio y consecuencias económicas

RRYP Global interviene en controversias familiares con elementos internacionales cuando la ruptura afecta a relaciones personales o patrimoniales conectadas con más de un ordenamiento.

Estos asuntos pueden exigir integrar Derecho Internacional Privado, régimen económico matrimonial, obligaciones alimenticias, Derecho extranjero y análisis patrimonial.

Ver práctica de Familia Internacional →

¿Su divorcio combina distintas jurisdicciones, patrimonio complejo o consecuencias económicas relevantes?

En la primera reunión jurídica analizamos las conexiones internacionales del matrimonio, las cuestiones económicas planteadas, la estructura patrimonial y la documentación disponible.

El primer objetivo es identificar qué cuestiones pueden resolverse en España y qué régimen jurídico debe aplicarse a cada una de ellas.

La aceptación de un nuevo asunto está sujeta a disponibilidad, comprobación de conflictos de interés y definición previa del alcance de la intervención.