Experiencia / Asunto representativo

Patrimonio internacional · Insolvencia

Insolvencia de cónyuges con deuda de origen empresarial y dimensión internacional

Procedimientos concursales en España relacionados con una situación patrimonial familiar de origen empresarial, con obligaciones asumidas por ambos cónyuges y elementos internacionales relevantes para el análisis jurídico.

Origen del pasivo Actividad empresarial
Jurisdicción España
Resultado EPI concedida a ambos cónyuges
01

Una crisis empresarial que terminó afectando a la posición patrimonial de ambos cónyuges

RRYP Global intervino en la situación concursal de dos cónyuges residentes en España cuyo pasivo estaba vinculado a una actividad empresarial desarrollada antes de producirse un deterioro económico severo.

La crisis sanitaria provocó una pérdida sustancial de ingresos, el cese de la actividad y una posterior situación de desempleo. La capacidad de atender regularmente las obligaciones existentes quedó comprometida.

Ambos cónyuges solicitaron en España la exoneración del pasivo insatisfecho dentro de sus respectivas posiciones concursales.

02

El matrimonio no convierte a los cónyuges en un único deudor concursal.

Deudor · obligación · patrimonio · régimen matrimonial

Una situación de insolvencia que afecta a ambos exige identificar qué obligaciones corresponden a cada persona, cuáles afectan al patrimonio común y qué efectos produce la exoneración respecto de cada deudor.

03

¿Pueden los cónyuges solicitar conjuntamente sus concursos?

Sí. El artículo 38 TRLC permite a los deudores que sean cónyuges solicitar la declaración judicial conjunta de sus respectivos concursos.

Esa posibilidad procesal no elimina la individualidad de cada deudor. Deben seguir diferenciándose su pasivo, su patrimonio y las responsabilidades que jurídicamente correspondan a cada uno.

Art. 38 TRLC

Declaración conjunta

La legislación concursal permite que los cónyuges soliciten conjuntamente la declaración de sus respectivos concursos.

Deudores

Posiciones diferenciadas

La conexión procesal no transforma a ambos cónyuges en una única persona deudora ni unifica automáticamente todas sus obligaciones.

Patrimonio

Bienes propios y comunes

La estructura patrimonial del matrimonio puede ser relevante para determinar la responsabilidad de determinados bienes frente a determinadas obligaciones.

EPI

Exoneración individual

El acceso y los efectos de la exoneración deben examinarse respecto de cada cónyuge.

Texto Refundido de la Ley Concursal
04

¿Cómo funciona la exoneración cuando la insolvencia afecta a ambos cónyuges?

La EPI se concede respecto de cada persona deudora. La resolución favorable obtenida por un cónyuge no equivale a una exoneración automática del otro.

El artículo 486 TRLC permite solicitar la exoneración al deudor persona natural cuando concurren los presupuestos legales. El artículo 491 añade una regla específica para los bienes conyugales comunes.

Si el concursado está sujeto a gananciales u otro régimen de comunidad y este no ha sido liquidado, la exoneración que afecte a determinadas deudas gananciales contraídas por el otro cónyuge o por ambos no se extiende al cónyuge no concursado mientras este no obtenga también su propia EPI.

La existencia de patrimonio común no elimina la necesidad de analizar individualmente la posición concursal y la exoneración de cada cónyuge.

Exoneración y bienes comunes

En matrimonios internacionales no debe presumirse qué ley regula las relaciones patrimoniales entre los cónyuges

Cuando existen elementos internacionales, determinar el régimen económico matrimonial puede requerir un análisis específico de Derecho Internacional Privado.

La nacionalidad, la residencia habitual, la fecha de celebración del matrimonio, los acuerdos matrimoniales y una eventual elección de ley pueden adquirir relevancia según las normas aplicables al caso.

El Reglamento (UE) 2016/1103 establece, en los Estados participantes en la cooperación reforzada y dentro de su ámbito, normas sobre competencia, ley aplicable y reconocimiento en materia de regímenes económicos matrimoniales.

¿Se aplica siempre el Reglamento 2016/1103 a cualquier matrimonio?

No. El Reglamento contiene reglas transitorias. En particular, las disposiciones de su capítulo III sobre ley aplicable se aplican a los cónyuges que hayan celebrado el matrimonio o hayan especificado la ley aplicable al régimen económico matrimonial el 29 de enero de 2019 o después.

Para matrimonios anteriores puede ser necesario determinar la ley aplicable conforme al régimen de Derecho Internacional Privado que corresponda, salvo que exista una elección de ley posterior sometida al Reglamento.

06

¿La nacionalidad extranjera impide tramitar un concurso en España?

No. En el sistema europeo de insolvencia, la nacionalidad no constituye el criterio central para determinar la competencia sobre el procedimiento principal.

El Reglamento (UE) 2015/848 utiliza como criterio principal el centro de intereses principales del deudor —COMI—, entendido como el lugar en el que este administra habitualmente sus intereses de forma reconocible por terceros.

Para una persona física que no ejerce actividad mercantil o profesional independiente, se presume que el COMI se encuentra en su residencia habitual, salvo prueba en contrario.

Si la persona ejerce una actividad mercantil o profesional independiente, la presunción legal se vincula, en cambio, a su centro principal de actividad.

La presunción concreta aplicable depende de la situación existente en el momento relevante para la apertura del procedimiento.

¿Qué relevancia tiene que la crisis patrimonial se originara durante el COVID-19?

La pandemia explica el origen económico de la crisis, pero no constituye por sí sola un título jurídico para obtener la exoneración.

La pérdida de ingresos, el cierre de una actividad y el desempleo pueden conducir a una situación de insolvencia y explicar la evolución patrimonial del deudor.

El acceso a la EPI y su alcance se determinan, sin embargo, conforme al régimen establecido por la Ley Concursal y no por la causa económica concreta que desencadenó la insolvencia.

08

¿Qué significa que ambos obtuvieran una exoneración total?

Significa que la exoneración alcanzó, respecto de cada cónyuge, la totalidad del pasivo que jurídicamente podía ser objeto de EPI.

El artículo 489 TRLC establece como regla que la exoneración se extiende a la totalidad de las deudas insatisfechas, pero mantiene determinadas categorías fuera de la exoneración.

Por eso, una EPI total no significa que cualquier tipo de deuda pueda extinguirse. El perímetro de la exoneración depende de la naturaleza de cada crédito y de las exclusiones establecidas por la Ley.

Extensión de la EPI
09

¿Qué cuestiones pueden confluir cuando la insolvencia afecta a ambos cónyuges y existen elementos internacionales?

01 Posición de cada deudor

Debe identificarse quién responde frente a cada acreedor y qué obligaciones integran el pasivo de cada cónyuge.

02 Bienes propios y comunes

El régimen económico matrimonial puede ser relevante para delimitar qué bienes responden frente a determinadas obligaciones.

03 Ley del régimen matrimonial

En matrimonios internacionales puede ser necesario determinar qué ordenamiento regula las relaciones patrimoniales entre los cónyuges.

04 Competencia concursal

La residencia, la actividad económica y el COMI pueden resultar relevantes para determinar la jurisdicción competente.

05 Exoneración

El acceso a la EPI y su alcance deben determinarse respecto de cada persona y del pasivo que jurídicamente le corresponda.

10

Dirección íntegra de los procedimientos concursales y de las solicitudes de EPI

Antonio Muñoz Triviño asumió íntegramente para RRYP Global la dirección jurídica de los procedimientos concursales y de las solicitudes de exoneración del pasivo insatisfecho de ambos cónyuges.

La intervención comprendió el análisis de la posición patrimonial de ambos deudores, el origen empresarial del pasivo y las cuestiones internacionales relevantes para el tratamiento jurídico de la insolvencia.

El asunto fue llevado de principio a fin por Antonio Muñoz Triviño.

11 / Resultado

Exoneración judicial para ambos cónyuges

Ambos cónyuges obtuvieron por auto judicial la exoneración del pasivo insatisfecho.

La exoneración alcanzó, respecto de cada uno, la totalidad del pasivo susceptible de exoneración conforme al régimen concursal aplicable.

El resultado corresponde a las circunstancias patrimoniales y al pasivo concretos de aquellos procedimientos.

Dirección letrada

Antonio Muñoz Triviño

Abogado · RRYP Global

Cuando una crisis empresarial afecta simultáneamente a ambos cónyuges, deben coordinarse la posición concursal de cada deudor, la estructura patrimonial del matrimonio y, cuando existen elementos internacionales, las reglas de Derecho Internacional Privado.

Antonio Muñoz Triviño asumió íntegramente la dirección jurídica del asunto, incluidos los procedimientos concursales y las solicitudes de exoneración del pasivo insatisfecho de ambos cónyuges.

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Crisis patrimoniales vinculadas a empresa, patrimonio familiar y elementos internacionales

Esta práctica se concentra en situaciones de especial complejidad económica o patrimonial.

RRYP Global interviene cuando confluyen actividad empresarial, garantías u obligaciones personales, patrimonio relevante, régimen económico matrimonial o conexiones con varias jurisdicciones.

No prestamos servicios generalistas de segunda oportunidad por deuda de consumo.

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¿Una crisis empresarial está afectando al patrimonio personal o familiar?

Analizamos el origen y composición del pasivo, las obligaciones asumidas por cada persona, la estructura patrimonial, el régimen económico matrimonial cuando resulte relevante y las conexiones internacionales del asunto.

La práctica está orientada a situaciones de especial complejidad empresarial, patrimonial o transfronteriza.

La aceptación de un nuevo asunto está sujeta a disponibilidad, comprobación de conflictos de interés y definición previa del alcance de la intervención.