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Diferencias entre contrato de servicios y contrato de obra

Primer plano de una reunión de trabajo donde dos personas revisan y firman un contrato sobre una mesa blanca. Una de ellas sostiene un bolígrafo mientras firma el documento, y la otra persona mantiene el contrato abierto. En el fondo, se observa una computadora portátil encendida y una planta decorativa, con luz natural entrando por una ventana. La escena transmite un ambiente profesional, típico de una firma de contrato laboral o acuerdo empresarial.

En el ámbito jurídico y empresarial, es fundamental distinguir entre un contrato de servicios y un contrato de obra, ya que ambos tienen implicaciones legales y prácticas diferentes.

Como abogados de contratos en RRYP Global, abordamos las principales diferencias entre estos dos tipos de acuerdos para ayudar a nuestros clientes a elegir el contrato adecuado para sus necesidades.




Definición y naturaleza de cada contrato

Los contratos de servicios y de obra se diferencian principalmente en el tipo de obligación que generan: el primero exige diligencia en la ejecución, mientras que el segundo requiere alcanzar un resultado concreto.

Esta distinción afecta tanto a la forma de cumplimiento como a las responsabilidades de las partes.

¿Qué es un contrato de servicios?

El contrato de servicios, también conocido como contrato por prestación de servicios, es una figura jurídica mediante la cual una parte (el prestador) se compromete a realizar una o varias actividades para otra (el cliente) sin asumir la obligación de obtener un resultado concreto.

Este tipo de contrato se basa en una obligación de medios, es decir, el prestador debe actuar con la diligencia y competencia profesional adecuadas, pero no garantiza el éxito del encargo.

Ejemplos típicos de contratos de servicios profesionales:

  • Asesoría jurídica o contable.
  • Consultoría empresarial.
  • Servicios de limpieza o mantenimiento.

¿En qué consiste un contrato de obra?

A diferencia del anterior, el contrato de obra, también denominado contrato de ejecución de obra, tiene como finalidad la obtención de un resultado específico, ya sea material o inmaterial.

En este caso, el contratista se obliga a entregar un producto o ejecutar una obra concreta para el cliente, quien debe pagar el precio acordado.

Se trata de una obligación de resultado, donde el cumplimiento del contrato depende de la entrega efectiva de lo pactado.

Ejemplos comunes de contratos de obra:

  • Construcción de un edificio o una reforma.
  • Desarrollo de un software a medida.
  • Fabricación de un producto personalizado.

Principales diferencias jurídicas entre ambos contratos

La siguiente tabla resume las principales diferencias legales entre el contrato de servicios y el contrato de obra, facilitando su comparación en el contexto del derecho civil español:

AspectoContrato de serviciosContrato de obra
ObjetoPrestación de una actividad profesionalEntrega de un resultado específico
Obligación principalObligación de mediosObligación de resultado
ResultadoNo garantizadoEsencial y garantizado
Ejemplos típicosConsultoría, asesoría, limpiezaConstrucción, software, fabricación personalizada

Entender estas diferencias es fundamental para determinar el tipo de contrato adecuado en función del objetivo del encargo.

A continuación, profundizamos en las implicaciones legales y prácticas de cada modalidad contractual.


Obligaciones y responsabilidades en cada tipo de contrato

Uno de los aspectos clave para entender las diferencias entre contrato de servicios y contrato de obra es el tipo de responsabilidad que asumen las partes.

Mientras uno se basa en la diligencia profesional, el otro exige la obtención de un resultado final conforme a lo pactado.

Obligaciones en el contrato de servicios: diligencia profesional

En el contrato de servicios, las obligaciones del prestador se centran en la ejecución diligente y competente de las tareas acordadas, sin comprometerse a un resultado específico.

Se trata de una obligación de medios, en la que la responsabilidad del prestador se valora atendiendo a si actuó o no con la diligencia profesional esperada según la naturaleza del servicio.

Ejemplo práctico:
Un abogado que asesora a un cliente y pierde un juicio no incurre automáticamente en responsabilidad, siempre que haya actuado con la competencia y cuidado exigibles.

En este tipo de contrato, la responsabilidad es subjetiva: solo existe incumplimiento si hay negligencia, impericia o falta de diligencia debida.


Obligaciones en el contrato de obra: responsabilidad por resultado

Por el contrario, en el contrato de obra, el contratista se obliga a entregar un resultado final, es decir, completar la obra conforme a las condiciones técnicas, económicas y temporales acordadas.

La responsabilidad del contratista es más objetiva: no basta con demostrar que actuó con diligencia, sino que debe cumplir exactamente con lo pactado.

Ejemplo práctico:
Si una empresa de reformas no entrega una obra conforme a las especificaciones de calidad o no respeta los plazos acordados, se considera incumplimiento contractual, incluso si puso medios suficientes para intentarlo.

Este régimen de responsabilidad por resultado exige al contratista responder por el producto final, incluyendo aspectos como:

  • Calidad de ejecución.
  • Cumplimiento del plazo.
  • Ajuste al presupuesto pactado.

Riesgos y garantías: diferencias entre contrato de servicios y contrato de obra

En los contratos civiles, la asignación de riesgos y las garantías varía en función del tipo contractual: mientras que en el contrato de servicios el riesgo se limita a la calidad de la actuación, en el contrato de obra recae sobre el resultado final pactado.

Riesgos en el contrato de servicios

En el contrato de servicios, el prestador no asume el riesgo sobre el resultado, sino sobre la correcta ejecución de la actividad profesional.

Lo que se valora es si ha actuado con la diligencia debida y según las condiciones pactadas.

El cliente puede resolver el contrato si acredita que el prestador no ha actuado con la competencia exigible, pero no puede reclamar por la falta de un resultado específico, dado que este tipo de contrato no implica una obligación de resultado.


Riesgos en el contrato de obra

En el contrato de obra, el contratista asume el riesgo hasta la entrega completa de la obra terminada, incluyendo cualquier incidencia relacionada con el cumplimiento del resultado pactado.

Esto implica riesgos asociados a:

  • Defectos constructivos o técnicos.
  • Retrasos en los plazos de entrega.
  • Costes derivados de errores en la ejecución.

Además, es habitual que el contratista deba ofrecer garantías legales o contractuales sobre la obra realizada. Estas pueden implicar:

  • Reparaciones por vicios ocultos.
  • Responsabilidad por incumplimiento técnico.
  • Obligación de ajustes o correcciones tras la entrega.

Las diferencias entre el contrato de servicios y el contrato de obra no solo afectan a su naturaleza jurídica, sino también a cómo se distribuyen los riesgos contractuales y qué garantías se aplican en cada caso.


Remuneración: cómo se pacta el pago en contrato de servicios y contrato de obra

La forma de remuneración es otra diferencia clave entre contrato de servicios y contrato de obra. Mientras uno retribuye la actividad realizada, el otro remunera el resultado final entregado, con implicaciones jurídicas en la forma de pago y exigibilidad.

Pago en el contrato de servicios

En el contrato de servicios, la remuneración se calcula en función del tiempo, esfuerzo y recursos dedicados por el prestador, no del resultado obtenido.

El pago puede acordarse de distintas formas, según el tipo de actividad o relación profesional:

  • Tarifa por horas.
  • Honorarios mensuales o por proyecto.
  • Cuotas periódicas (por ejemplo, igualas jurídicas).

Lo esencial es que el pago no depende del éxito o del resultado final, sino de que el prestador haya ejecutado correctamente el servicio según lo pactado.


Pago en el contrato de obra

En el contrato de obra, el pago está orientado al resultado final y suele establecerse como un precio cerrado o precio alzado, que corresponde a la entrega completa y conforme de la obra.

Sin embargo, también es frecuente que se pacte un sistema de pagos por fases, con desembolsos vinculados a la finalización de hitos técnicos o parciales, especialmente en:

  • Construcción de inmuebles.
  • Proyectos de desarrollo tecnológico o industrial.

La mayor parte del pago suele realizarse al finalizar y aceptar formalmente la obra, una vez verificado el cumplimiento de las especificaciones.

Esta diferencia en la forma de pago refuerza la distinción jurídica entre una obligación de medios (servicios) y una obligación de resultado (obra).


Evolución y modernización

La evolución y modernización de los contratos de obra y servicios en el contexto español ha sido influenciada por importantes reformas legislativas extranjeras que buscan adaptar las normativas a las necesidades y realidades contemporáneas.

En particular, la Ley de Modernización del Derecho de Obligaciones del Código Civil Alemán de 2001 ha tenido un impacto significativo en la conceptualización y regulación de estos contratos, ofreciendo un modelo de referencia valioso para el derecho español.

Una de las reformas más notables introducidas en Alemania por la citada ley es la introducción de un concepto general de incumplimiento por lesión del deber (§ 280 ss. BGB).

Esta reforma implica que el régimen general de los contratos y el régimen especial del contrato de obra se aproximen más entre sí.

Esta convergencia facilita la explicación y desarrollo del régimen de responsabilidad por defectos de construcción, proporcionando una base más sólida para abordar los vicios materiales y jurídicos.

La definición de vicios materiales se ha ampliado para incluir cualquier desviación de las cualidades convenidas en el contrato, y se considera incumplimiento cualquier falta de conformidad de la prestación.

Asimismo, se introduce una definición clara de los vicios jurídicos: una obra está libre de vicios jurídicos si ningún tercero puede reclamar derechos sobre ella más allá de lo estipulado en el contrato​​​​.


Impacto en el derecho Español

La implementación de estas reformas en el contexto español ha generado la necesidad de revisar y actualizar la normativa vigente para adaptarla a estos nuevos estándares.

En España, la distinción tradicional entre contratos de obra y servicios sigue siendo relevante, pero la modernización del marco legal busca flexibilizar esta distinción para reflejar mejor las complejidades y diversidades de las relaciones contractuales actuales.

Además, la jurisprudencia ha jugado un papel crucial en esta evolución, ajustando las interpretaciones legales para ofrecer soluciones más prácticas y adaptadas a la realidad del mercado.

Los tribunales españoles han tenido que adaptar sus criterios para manejar situaciones donde las categorías tradicionales de obra y servicios no son suficientes para resolver disputas contemporáneas​​​​.


Regulación legal de ambos contratos

Regulación del contrato de obra

En el Código Civil español, los contratos de obra están regulados en una sección específica que aborda aspectos como la distribución de riesgos, la forma de ejecución de la obra, y el pago del precio.

La regulación está orientada principalmente a la construcción y otros trabajos físicos y materiales.


Regulación del contrato de servicios

La regulación de los contratos de servicios en el Código Civil es menos específica y más escasa, a menudo considerada insuficiente para abordar la complejidad de las relaciones modernas de prestación de servicios.

La jurisprudencia y la doctrina han jugado un papel crucial en llenar estas lagunas, interpretando las normas generales de obligaciones y contratos para adaptar la regulación a las necesidades actuales.




Conclusión diferencias entre contrato de servicios y contrato de obra

Elegir entre un contrato de servicios y un contrato de obra depende de las necesidades específicas del cliente y la naturaleza del trabajo a realizar.

En RRYP Global, contamos con la experiencia y conocimiento necesario para asesorarle en la redacción y negociación del tipo de contrato que mejor se adapte a sus intereses, asegurando que se cumplan todas las obligaciones legales y se minimicen los riesgos asociados.

Si tiene alguna duda o necesita asistencia en la elaboración de su contrato, no dude en contactarnos. Estamos aquí para ofrecerle el mejor asesoramiento legal adaptado a sus necesidades particulares.

En RRYP Global, estamos comprometidos con la excelencia en el asesoramiento legal y la satisfacción de nuestros clientes.

No dude en visitar nuestra página web o ponerse en contacto con nosotros para más información.

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Enrique Gonzalez

Enrique Gonzalez

¡Hola! Soy jurista e internacionalista, semifinalista de la XIII Liga de Debate San Francisco Javier, aficionado al debate, la fotografía, los cubos de rubik, los mapas y la historia. De Marbella pero viviendo en Córdoba.

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