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Canal de denuncias: una obligación con potencial estratégico

Hombre joven con gafas y camisa azul clara sentado frente a una computadora portátil, leyendo una hoja de papel con expresión de sorpresa o preocupación. Tiene la ceja fruncida y una mano levantada en un gesto de desconcierto, como si no entendiera o no estuviera de acuerdo con lo que está leyendo. Detrás de él hay una estantería con libros, lo que sugiere que se encuentra en una oficina o estudio en casa. La imagen transmite una situación de confusión o frustración ante una carta o documento inesperado.

Canal de denuncias: una obligación con potencial estratégico.

La entrada en vigor de la normativa que regula la protección de los informantes en el ámbito empresarial ha marcado un antes y un después en la cultura de cumplimiento.

En el contexto de la Directiva (UE) 2019/1937 y su transposición al ordenamiento jurídico español, el canal de denuncias se convierte en un instrumento clave para prevenir riesgos legales, fortalecer la integridad corporativa y proteger a quienes denuncian irregularidades.

Pero más allá del imperativo legal, el canal de denuncias plantea importantes desafíos organizativos y jurídicos que deben ser abordados con criterio, planificación y rigor.


¿Qué es el canal de denuncias y por qué es obligatorio?

El canal de denuncias es un mecanismo interno de comunicación que permite a empleados y terceros poner en conocimiento de la organización hechos o conductas que contravengan la legalidad o los principios éticos de la entidad.

Este canal no solo cumple una función preventiva, sino también correctiva y defensiva, pues permite identificar irregularidades antes de que se conviertan en infracciones graves, y a su vez demuestra la existencia de una cultura de cumplimiento que puede ser relevante ante una eventual responsabilidad penal.

La Directiva Whistleblowing reconoce que los trabajadores son con frecuencia los primeros en detectar conductas que amenazan el interés público, y por ello establece la obligatoriedad de contar con canales internos eficaces en empresas de más de 50 empleados o 10 millones de euros de facturación, así como en entidades públicas de cierto tamaño.


Fundamento legal y evolución normativa

La figura del informante no es nueva: desde la False Claims Act de 1863 en EE.UU., pasando por la Sarbanes-Oxley Act de 2002, se ha reconocido progresivamente la importancia del whistleblowing en la lucha contra el fraude.

En Europa, la Directiva 2019/1937 consolida este enfoque al exigir medidas de protección eficaces frente a represalias.

En España, el canal de denuncias se vincula directamente con la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal, en cuyo artículo 31 bis se reconoce su valor como medida de vigilancia y control dentro de los modelos de prevención penal.

Asimismo, la LOPDGDD (art. 24) legitima expresamente los sistemas de información internos, incluyendo la posibilidad de realizar denuncias anónimas.


Requisitos esenciales del canal de denuncias

Para ser conforme a derecho y verdaderamente eficaz, el canal de denuncias debe reunir los siguientes elementos:

  1. Confidencialidad garantizada del informante y del contenido de la denuncia.
  2. Accesibilidad: debe estar abierto a empleados y terceros relacionados con la entidad.
  3. Admisión de denuncias anónimas, siempre que se garantice la trazabilidad y la seriedad del procedimiento.
  4. Medios habilitados: como mínimo, correo electrónico, físico o plataforma interna.
  5. Protocolo de tramitación, incluyendo acuse de recibo, análisis, investigación, resolución y archivo.
  6. Plazo de respuesta máximo de tres meses.
  7. Protección frente a represalias, basada en el principio de indemnidad del denunciante.



Procedimiento de gestión: desde la denuncia hasta la resolución

El canal debe regirse por un estatuto o reglamento interno que detalle cada fase del proceso:

  1. Recepción mediante formulario preestablecido.
  2. Valoración preliminar por el órgano de cumplimiento penal.
  3. Investigación interna, garantizando imparcialidad, con posibilidad de externalización si el caso lo requiere.
  4. Audiencia al denunciado (salvo riesgo para la investigación).
  5. Conclusión e informe, con traslado al órgano competente para posibles medidas disciplinarias o denuncias judiciales.
  6. Archivo documental conforme a la normativa de protección de datos, garantizando supresión de los datos no procedentes en tres meses.

La protección del denunciante: una garantía imprescindible

Para que el canal funcione, es crucial generar confianza en su uso.

Esto exige una política clara de protección frente a represalias, como despidos, sanciones o marginación profesional. Esta protección se fundamenta en:

  1. El derecho constitucional a la libertad de expresión y a la tutela judicial.
  2. El derecho laboral, que prohíbe sancionar conductas que defienden la legalidad.
  3. Y, en ciertos casos, el derecho penal, a través de delitos como coacciones, revelación de secretos o atentados contra la integridad moral.

Además, la ley contempla programas de amnistía o exención de sanciones internas para quienes denuncien desde dentro una infracción en la que han participado, lo que puede ser clave para destapar fraudes complejos.


Eficacia del canal de denuncias: cifras y argumentos

Según la Association of Certified Fraud Examiners (ACFE), los canales de denuncias son responsables del 40 % de las detecciones de irregularidades, superando ampliamente a otros métodos como las auditorías internas (14 %) o externas (3 %).

Esto refuerza su valor como herramienta operativa en el compliance.

Además, su inactividad o mal uso es un indicador negativo del sistema de cumplimiento, lo que puede afectar a la valoración de los programas de prevención penal por parte de jueces y fiscales.


¿Qué ocurre si no se implanta el canal de denuncias?

La no implantación de un canal conforme a los requisitos legales puede tener graves consecuencias jurídicas y reputacionales, entre ellas:

  1. Sanciones administrativas, especialmente si se trata de entidades obligadas por la Directiva.
  2. Desprotección ante procedimientos penales, al carecer de elementos esenciales del modelo de cumplimiento.
  3. Pérdida de confianza de empleados, inversores y clientes.

Además, podría derivarse responsabilidad del órgano de administración por omisión de sus deberes de supervisión y control.


Conclusión: una obligación con potencial estratégico

Lejos de ser un mero trámite, el canal de denuncias representa una pieza estratégica del sistema de compliance, al servir de detector temprano de riesgos, fortalecer la integridad institucional y proteger los derechos tanto de denunciantes como de denunciados.

Las organizaciones que lo integren de forma seria, adaptada a su tamaño y sector, estarán no solo más seguras jurídicamente, sino también mejor posicionadas ante sus grupos de interés.



Preguntas Frecuentes FAQs


¿Qué empresas están obligadas a tener un canal de denuncias?

Están obligadas a implantar un canal de denuncias las empresas con más de 50 empleados o con una facturación superior a 10 millones de euros, así como determinadas entidades del sector público. Esta obligación proviene de la transposición de la Directiva (UE) 2019/1937 al ordenamiento jurídico español.

¿Puede una denuncia ser anónima?

Sí. La normativa permite que las denuncias sean anónimas, siempre que el canal asegure su trazabilidad y se garantice un procedimiento serio y seguro.

¿Qué protección tiene un empleado que denuncia una irregularidad?

El denunciante está protegido frente a represalias laborales o personales, como despidos, sanciones o acoso profesional. Esta protección se fundamenta en derechos constitucionales, laborales y penales. Además, la ley contempla mecanismos de amnistía o exención de sanciones internas para quienes denuncien irregularidades en las que hayan participado.

¿Cuáles son las consecuencias de no tener canal de denuncias?

Las consecuencias incluyen sanciones administrativas, pérdida de protección penal en caso de procedimientos judiciales, deterioro de la reputación corporativa y posible responsabilidad del órgano de administración por omisión de sus deberes de control y supervisión.

¿Quién puede usar el canal de denuncias?

El canal debe ser accesible tanto para empleados como para terceros relacionados con la empresa, como proveedores o colaboradores externos, que deseen informar sobre conductas irregulares.

¿Cuál es el plazo máximo para responder a una denuncia?

El procedimiento debe prever una respuesta al denunciante en un plazo máximo de tres meses desde la recepción de la denuncia, conforme a los requisitos legales.

¿Cómo se gestiona una denuncia una vez recibida?

La gestión sigue un procedimiento estructurado: recepción de la denuncia, análisis preliminar, investigación interna, audiencia al denunciado (salvo que suponga un riesgo para la investigación), informe con conclusiones y medidas, y archivo conforme a la normativa de protección de datos.

¿Por qué el canal de denuncias es una herramienta estratégica?

Porque no solo cumple con la legislación, sino que actúa como un detector temprano de riesgos, refuerza la cultura de cumplimiento y mejora la percepción de la empresa ante empleados, inversores y autoridades judiciales o administrativas.


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Antonio Muñoz Triviño

Antonio Muñoz Triviño

Abogado especializado en Derecho Mercantil Internacional y Derecho Digital.

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