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Cómo afrontar el concurso de acreedores de tu filial en España desde el extranjero

Una correcta gestión del concurso de acreedores de una filial española requiere comprender la legislación concursal vigente en España, incluso cuando el propietario o directivo reside en el extranjero.

Tabla de contenidos

Introducción: contexto para el lector internacional

Si eres un directivo o propietario no residente cuya filial en España atraviesa dificultades financieras graves, es posible que te enfrentes al concepto de concurso de acreedores (procedimiento concursal) por primera vez.

En términos sencillos, el concurso de acreedores es el procedimiento judicial equivalente a la bancarrota o insolvencia empresarial, previsto por la ley española para gestionar situaciones en las que una empresa no puede pagar regularmente sus deudas.

En 2025, el marco legal español en materia concursal ha evolucionado para alinearse con normativas europeas recientes, por lo que entender cómo actuar ante la insolvencia de una empresa en España desde el extranjero es clave para proteger tus intereses.

A continuación, explicaremos qué implica un concurso de acreedores en España, dónde se tramita y quién puede iniciarlo, las etapas principales del proceso, así como tus derechos y obligaciones como socio o acreedor extranjero (incluyendo si desempeñas el rol de administrador no residente).

Abordaremos también los riesgos de responsabilidad personal por actuaciones previas a la insolvencia y daremos recomendaciones prácticas para intervenir en el procedimiento desde fuera de España.

Finalmente, veremos cómo puede asistir un despacho especializado en litigios internacionales para facilitar todo este proceso.

¿Qué es el concurso de acreedores en España?

El concurso de acreedores es un procedimiento judicial de insolvencia previsto por la ley española para empresas (y personas) que no pueden cumplir regularmente sus obligaciones de pago.

En otras palabras, se declara en concurso a la empresa que se encuentra en situación de insolvencia actual o inminente, es decir, que no puede hacer frente a sus deudas exigibles.

El objetivo principal del concurso es ordenar colectivamente el pago a los acreedores de la forma más equitativa posible y, si es viable, tratar de reestructurar la empresa para que pueda continuar operando.

Si la reestructuración no es posible, el concurso desembocará en la liquidación ordenada de la sociedad.

En España, la normativa concursal vigente busca facilitar la negociación con los acreedores para lograr quitas (reducciones de deuda) o esperas (aplazamientos) que permitan la supervivencia de la empresas.

Solo si no se alcanza un acuerdo de reestructuración o de pagos, se procede a liquidar el patrimonio de la empresa de forma ordenada.

El concurso de acreedores, por tanto, equilibra dos fines: la posible salvación o reestructuración de la sociedad deudora y la satisfacción (aunque sea parcial) de las deudas con sus acreedores.

Marco legal vigente y lugar de tramitación del concurso

El marco legal aplicable en 2025 al concurso de acreedores en España es el Texto Refundido de la Ley Concursal (modificado por la Ley 16/2022 y otras normas recientes).

Este cuerpo normativo establece las reglas del juego para la insolvencia en España.

Los Juzgados de lo Mercantil son los tribunales especializados que tramitan estos procedimientos.

La competencia territorial para declarar y tramitar un concurso se determina por el lugar donde la empresa insolvente tenga su centro de intereses principales.

Para una sociedad con domicilio en España, por regla general, se presume que su centro de intereses principales está en España (salvo prueba en contrario), normalmente en su domicilio social.

Esto implica que, si tu filial española entra en insolvencia, los tribunales españoles serán competentes para gestionar el concurso, incluso si los accionistas o algunos acreedores están en el extranjero.

Además, la declaración de concurso en España tendrá carácter de concurso principal, abarcando todos los bienes de la sociedad deudora estén donde estén, y se aplicará ley española al procedimiento.

Desde el momento en que se declara el concurso, no es posible que los acreedores individualmente ejecuten sus créditos al margen del concurso, ni en España ni en el extranjero; todos deben reclamar dentro del marco del procedimiento concursal español.

Esta regla garantiza la igualdad de trato entre acreedores: cualquier acreedor (español o extranjero) deberá participar en el concurso para intentar cobrar lo que se le debe, conforme a la ley española aplicable.

¿Quién puede iniciar el concurso y cuándo debe hacerse?

El concurso de acreedores en España puede iniciarse de dos formas, dependiendo de quién lo solicite:

  • Concurso voluntario: Lo solicita la propia empresa deudora (a través de sus administradores). Suele ocurrir cuando la dirección reconoce la insolvencia y busca una solución ordenada. Tiene algunas ventajas procesales, como que las facultades de administración de la empresa pueden mantenerse bajo supervisión (en lugar de ser suspendidas inmediatamente).
  • Concurso necesario: Lo solicita un acreedor u otro legitimado (por ejemplo, un acreedor impagado, un socio, etc.) cuando la empresa deudora no paga sus deudas y no ha pedido voluntariamente el concurso. En este caso, la ley busca proteger a los acreedores y puede imponer más restricciones a la empresa (por ejemplo, los administradores pueden perder facultades de gestión en favor del administrador concursal).

En cuanto al cuándo: la ley impone a los administradores de una sociedad insolvente el deber de solicitar el concurso sin demora

Específicamente, si la empresa está en insolvencia, sus administradores deben presentar la solicitud de concurso dentro de los 2 meses siguientes a la fecha en que conocieron o debieron conocer el estado de insolvencia.

Incumplir este plazo puede tener consecuencias graves: la ley presume que la demora agrava la insolvencia y puede llevar a que el concurso se califique como culpable por falta de diligencia.

En la práctica, esto significa que si tu filial española es insolvente y tú (u otros directivos) no tomáis acción en ese plazo, os arriesgáis a sanciones e incluso a responsabilidad personal (como veremos más adelante).

Nota: Existe la posibilidad de que la empresa, antes de declararse formalmente en concurso, utilice mecanismos preconcursales (como la comunicación de apertura de negociaciones, el antiguo “preconcurso” del artículo 5 bis) para intentar un acuerdo de refinanciación o un plan de reestructuración con sus acreedores.

Esta comunicación al juzgado declara que se están negociando soluciones y otorga una moratoria temporal a las ejecuciones, retrasando la obligación de solicitar el concurso unos meses.

Si estás desde el extranjero supervisando la filial, considera si un plan de reestructuración preventivo podría evitar el concurso; un asesor legal podrá guiarte sobre esta opción.

No obstante, si la salvación no es factible, deberás instar el concurso dentro de los plazos legales para evitar males mayores.

Principales etapas del concurso de acreedores

Una vez declarado el concurso de acreedores por el juzgado competente, el procedimiento sigue varias etapas clave. A grandes rasgos, en 2025 el proceso concursal español comprende:

Declaración de concurso: 

El juez dicta un auto declarando el concurso. En ese mismo acto, se nombra un administrador concursal (figura similar a un síndico o trustee) que asumirá funciones de supervisión o gestión de la empresa. El auto también determina si los administradores de la empresa mantienen sus facultades bajo vigilancia (intervención) o si quedan suspendidos y las asume íntegramente el administrador concursal (suspensión). La declaración del concurso se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Registro Público Concursal para que todos los interesados (acreedores, etc.) estén informados.

Fase común: 

Es la fase de tramitación general. El administrador concursal recopila información sobre la compañía, forma el inventario de la masa activa (todos los bienes y derechos de la empresa) y la lista de acreedores (masa pasiva, todas las deudas).

Los acreedores disponen de un plazo para comunicar sus créditos al administrador concursal.

Durante esta etapa también se pueden impugnar créditos, verificar contratos, y se mantiene la empresa operando en la medida de lo posible, pero con limitaciones (por ejemplo, no puede pagar deudas anteriores al concurso, no puede vender activos significativos sin autorización, etc.).

Fase de convenio (acuerdo) o liquidación: 

Tras finalizar la fase común, el procedimiento puede tomar dos caminos:

Convenio con acreedores: 

La empresa deudora (o los acreedores, según el caso) puede proponer un plan de pagos y reestructuración (convenio) que ofrezca quitas y esperas.

Los acreedores votan el convenio; si se logran las mayorías legales, el convenio se aprueba judicialmente y obliga a todos los acreedores incluidos.

El convenio permite que la empresa siga adelante cumpliendo las nuevas condiciones pactadas.

Liquidación: 

Si no se propone o no se aprueba un convenio viable, o si la empresa lo solicita abiertamente, se abre la fase de liquidación.

En la liquidación, se procede a la venta de todos los activos de la sociedad para pagar a los acreedores según el orden de prelación (créditos con privilegio, ordinarios, subordinados, etc.).

La empresa cesará su actividad y, al final, se extinguirá (se cancela la sociedad).

Calificación del concurso: 

En caso de liquidación (o si el convenio conlleva sacrificios para los acreedores), se abre la sección de calificación.

Aquí se determina si la insolvencia fue fortuita (no imputable a los gestores) o culpable.

Si se declara concurso culpable, pueden imponerse sanciones a los administradores o personas responsables, incluyendo inhabilitaciones y posibles condenas a cubrir con su patrimonio las deudas no pagadas (responsabilidad por el déficit concursal).

Hablaremos más de esto en la sección de riesgos de responsabilidad.

Cada una de estas fases tiene sus complejidades y trámites específicos, pero este resumen te da una idea del recorrido general.

Es importante tener representación legal durante todo el proceso para defender tus intereses, especialmente si sigues el procedimiento desde fuera de España.

Derechos y obligaciones del socio o administrador no residente

Si eres un socio (accionista) extranjero de una sociedad española en concurso, o incluso si actúas formalmente como administrador no residente de la misma, debes tener claras tus obligaciones legales y tus derechos dentro del procedimiento:

Obligaciones como administrador

Si ostentas el cargo de administrador (director) de la filial insolvente, aunque residas en el extranjero, tus obligaciones son las mismas que las de cualquier administrador en España. Debes actuar con diligencia y en interés de la sociedad.

En particular, como mencionamos, tienes la obligación legal de solicitar el concurso a tiempo (dentro de los 2 meses desde que conoces la insolvencia).

También debes cooperar con el juzgado y el administrador concursal aportando toda la información y documentación necesaria sobre la empresa.

La ley impone un deber de colaboración y de veracidad: ocultar información, no cooperar o entorpecer el proceso puede acarrear sanciones e incluso responsabilidad (y es otra causa de posible calificación culpable del concurso).

Derechos como administrador

Aunque el concurso puede limitar tus facultades de gestión (especialmente si el juez ordena la suspensión de poderes en favor del administrador concursal), sigues teniendo derecho a ser informado del curso del procedimiento.

Podrás hacer alegaciones en defensa de tus actuaciones en la sección de calificación (si se va a juzgar vuestra conducta), y en general puedes participar en las decisiones importantes (por ejemplo, apoyando o no un convenio, si sigues formalmente como representante de la empresa).

Es recomendable contar con asesoría legal que te represente en el concurso, ya que muchas comunicaciones procesales se harán en español y a través de representantes legales en España.

Obligaciones como socio (no administrador)

Si eres únicamente socio o inversionista, legalmente no tienes la obligación de aportar fondos adicionales para rescatar la empresa (salvo que te lo impongas por acuerdo propio).

Tu responsabilidad por las deudas de la sociedad está limitada al capital que aportaste, siempre que no hayas asumido garantías personales ni incurrido en comportamientos que levanten el “velo corporativo”.

Sin embargo, debes tener en cuenta que, en casos de concurso culpable, los administradores sociales y otros responsables de hecho podrían responder con su patrimonio.

Esto puede incluir a la sociedad matriz o a socios que hayan actuado como administradores de hecho, como explicaremos en la sección de riesgos.

Derechos como socio

Como accionista, tienes derecho a ser informado del proceso.

Aunque los socios no intervienen activamente en la gestión del concurso (que corresponde al administrador concursal y al juez), sí podrías, por ejemplo, presentar oferta para comprar unidades productivas de la empresa en liquidación, proponer un convenio si asumes ciertas obligaciones, o impugnar decisiones que afecten directamente a tus derechos (por ejemplo, si consideras que una venta de activo perjudica indebidamente el valor residual para socios).

Al final del concurso, si hay remanente tras pagar a todos los acreedores (escenario poco común), los socios podrían recibir el sobrante en proporción a sus participaciones.

En resumen, si eres un directivo no residente, cumple estrictamente con tus deberes legales (solicitar el concurso en plazo, cooperar con la administración concursal, etc.) para evitar sanciones.

Y si eres un socio extranjero, mantente informado y actúa de buena fe; no estás obligado a salvar a la empresa con tu dinero, pero cualquier apoyo razonable que puedas dar (por ejemplo, votar a favor de un convenio viable, o inyectar capital si eso garantiza la continuidad) podría mitigar pérdidas y mejorar tu posición a largo plazo.

El acreedor extranjero: derechos y cómo reclamar su crédito

Es común que la casa matriz u otros inversionistas extranjeros hayan financiado a la filial española mediante préstamos o créditos intercompany.

Si ese es tu caso (es decir, eres acreedor de tu propia filial o de otra empresa española), deberás ejercer tus derechos dentro del concurso para intentar cobrar.

Algunos puntos clave para acreedores no residentes:

Comunicación de créditos

Tras la declaración de concurso, se abre el plazo para que los acreedores comuniquen formalmente sus créditos al administrador concursal.

Esto incluye a los acreedores extranjeros.

Aunque la administración concursal enviará una notificación individual a los acreedores conocidos con domicilio en el extranjero (en castellano, con información básica del concurso) no debes esperar pasivamente.

Es altamente recomendable comunicar tu crédito por escrito dentro del plazo, indicando el importe adeudado, concepto, garantías, etc., en idioma español (si lo presentas en otro idioma, es posible que te requieran traducción oficial).

Ten en cuenta que la comunicación de crédito es un derecho, no una obligación estricta; pero si no lo haces, tu crédito podría no reconocerse correctamente.

Un crédito no comunicado a tiempo puede ser clasificado al final como subordinado (último en orden de cobro), lo que disminuye mucho las posibilidades de recobro.

En cambio, comunicándolo puntualmente aseguras que el administrador concursal lo valore y lo incluya en la lista de acreedores con la clasificación que corresponda.

Riesgos de responsabilidad por actuaciones previas a la insolvencia

Uno de los temas que más preocupa a directivos y socios extranjeros es la posibilidad de tener responsabilidad personal por las deudas de la filial insolvente.

Por regla general, en España los socios no responden de las deudas sociales (principio de responsabilidad limitada) y los administradores sociales solo responden cuando incumplen sus deberes legales.

Sin embargo, existen situaciones en las que los administradores – e incluso la sociedad matriz o socios – pueden ser declarados responsables. Detallemos los principales riesgos:

Concurso culpable e incumplimiento de deberes

Al cierre del concurso, si se determina que la conducta de los administradores agravó la insolvencia o violó la ley, el juez puede calificar el concurso como culpable.

Algunas causas típicas de culpabilidad son: llevar contabilidad doble o irregular, ocultar o falsificar documentos, realizar actos de alzamiento de bienes (sustraer activos en perjuicio de acreedores) o incumplir el deber de solicitar el concurso en plazo, entre otras.

La falta de colaboración con el juez o el administrador concursal también es causa de culpabilidad.

Si el concurso se declara culpable por dolo o culpa grave de los administradores, las consecuencias pueden ser muy severas: se puede inhabilitar a los administradores para ejercer cargos, pueden perder cualquier derecho que tuvieran como acreedores y, lo más grave, pueden ser condenados a pagar con su patrimonio personal las deudas que queden sin satisfacerse (lo que se llama cubrir el déficit concursal).

Mensaje clave: si eres administrador, cumple escrupulosamente tus obligaciones (concursa a tiempo, no ocultes información, no favorezcas a unos acreedores sobre otros injustamente, etc.) para evitar esta situación. Y si eres socio extranjero, vigila que los gestores locales actúen con diligencia.

Responsabilidad de la sociedad matriz o del socio como administrador de hecho

Un caso particular es cuando la matriz extranjera interviene tanto en la gestión de la filial que, en la práctica, actúa como un “administrador de hecho” de ésta.

La Ley Concursal española permite que, en concurso culpable, no solo los administradores formales sean declarados responsables, sino también aquellos que hayan actuado como administradores de hecho.

Si se demuestra que la sociedad matriz (o sus directivos) tomaban decisiones efectivas sobre la filial insolvente, llevando a una gestión desleal que perjudicó a la filial, los acreedores podrían intentar hacer responsable a la matriz de las deudas no pagadas en el concurso.

Para que prospere tal reclamación, se debe probar esa actuación desleal o dañina de la matriz y que dicho perjuicio a la filial no ha sido compensado dentro del concurso.

En otras palabras, no por el simple hecho de ser dueño de la filial te harán responsable; pero si utilizaste a la filial de manera fraudulenta (por ejemplo, ordenando operaciones que solo beneficiaban a la matriz y dejaron insolvente a la filial), podrías enfrentar reclamaciones de acreedores.

Este riesgo hace importante mantener una separación adecuada entre sociedades del grupo y documentar operaciones intragrupo en condiciones de mercado.

Acciones de reintegración

Al margen de la calificación culpable, en todo concurso el administrador concursal puede investigar los actos realizados por la empresa en los dos años anteriores a la declaración de concurso.

Si detecta actos perjudiciales para la masa de acreedores (por ejemplo, pagos preferenciales a algún acreedor vinculado, ventas de activos por debajo de valor, garantías otorgadas a última hora en favor de la matriz, etc.), puede instar las acciones de reintegración para que se declaren nulos esos actos y los bienes o dinero salgan de donde estén y vuelvan a la masa activa.

Esto podría afectar a la matriz o acreedores extranjeros si, por ejemplo, la filial te pagó una deuda poco antes del concurso perjudicando al resto de acreedores: podrían revocarse esos pagos y tendrías que reingresar el dinero para distribuirlo equitativamente.

Es importante no realizar movimientos sospechosos cuando la empresa ya es insolvente o está al borde de serlo; asesórate legalmente antes de mover fondos.

En resumen, la legislación concursal española protege a los acreedores perseguiendo posibles abusos o negligencias de los gestores o de sociedades dominantes.

Como extranjero con intereses en la filial, debes ser consciente de que no estás completamente al margen: si participaste en la gestión de forma determinante o tomaste decisiones que empeoraron la situación de la sociedad, podrías ser considerado responsable.

La mejor defensa es actuar con diligencia, transparencia y equidad antes y durante el concurso, siguiendo los consejos de expertos legales para no incurrir en conductas de riesgo.

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Cómo actuar desde el extranjero y participar en el procedimiento

Afrontar un concurso de acreedores en España mientras te encuentras en otro país puede ser desafiante, pero es factible con la estrategia adecuada.

Aquí van algunas recomendaciones prácticas para intervenir en el procedimiento desde el extranjero:

Contrata representación legal local

Es prácticamente indispensable contar con un abogado especializado en derecho concursal en España, idealmente con experiencia en casos internacionales.

También necesitarás un procurador (representante procesal ante los tribunales) de confianza.

Estos profesionales se encargarán de presentar escritos en tu nombre, recibir notificaciones oficiales y defender tus intereses en las comparecencias necesarias.

Asegúrate de otorgarles poder de representación (lo cual se puede hacer ante notario, con apostilla si estás fuera, o incluso vía poder apud acta a distancia).

Comunicación fluida y documentación

Mantén un contacto constante con tus representantes en España.

Desde el extranjero, proporciona con agilidad toda la documentación que te soliciten: estados financieros de la filial, contratos, correos relevantes, etc.

Hoy en día, muchas comunicaciones pueden hacerse electrónicamente.

Los juzgados españoles usan plataformas telemáticas (LexNET) y publican edictos online, por lo que tu abogado podrá informarte casi en tiempo real de las novedades del caso.

Sigue el Registro Público Concursal

España dispone de un Registro Público Concursal online donde se publican las resoluciones concursales importantes.

Aunque esté en español, tu equipo legal puede ayudarte a revisarlo.

Esto es útil para ver las resoluciones (por ejemplo, el auto de declaración de concurso, apertura de liquidación, etc.) y asegurarte de no perder plazos.

Igualmente, si eres acreedor, fíjate en el anuncio en el BOE de la declaración del concurso, ya que desde el día siguiente empieza a correr el plazo de comunicación de tu crédito.

Participación a distancia

Muchas actuaciones del concurso no requieren tu presencia física.

Por ejemplo, la junta de acreedores (si se convoca para votar un convenio) puede permitir votos por representación o por adhesión escrita anticipada.

Las reuniones con el administrador concursal o con otros acreedores pueden realizarse vía teleconferencia si es necesario.

No obstante, para ciertas decisiones estratégicas (como negociar un convenio, o si hubiese alguna vista judicial en la que debas testificar), valora viajar a España.

Contar con traducción simultánea o documentos bilingües puede ser necesario si no dominas el español, aunque la mayoría de despachos internacionales podrán trabajar en inglés u otros idiomas contigo, facilitando la comprensión.

Respeta los cauces legales españoles

Desde el extranjero, podría resultar tentador «empujar» soluciones por tu cuenta, pero recuerda que una vez el concurso está abierto, cualquier acción para cobrar deudas o disponer de activos de la filial al margen del procedimiento está prohibida.

Por ejemplo, no intentes trasladar maquinaria de la filial fuera de España sin autorización, ni cobres directamente deudores de la filial a nivel internacional ignorando al administrador concursal; esto podría ser anulado y generar responsabilidad.

Cualquier iniciativa (venta de activos, inyección de dinero, acuerdos con acreedores) debe canalizarse dentro del concurso y con el visto bueno judicial cuando proceda.

En síntesis, la clave es apoyarte en profesionales locales y actuar siempre dentro del marco del concurso.

Aunque estés lejos, hoy es posible gestionar eficazmente estos procesos a distancia con las herramientas tecnológicas adecuadas y asesoramiento experto.

Mantén una actitud colaborativa: un acreedor o socio extranjero que coopera suele ser bien visto por la administración concursal y por el juez, lo que puede facilitarte las cosas (por ejemplo, para recabar información o negociar acuerdos).

Apoyo profesional: cómo puede ayudar un despacho especializado

Enfrentar la insolvencia de tu filial española desde otro país puede resultar abrumador, pero no tienes por qué hacerlo solo.

Un despacho de abogados especializado en insolvencias y litigios internacionales en España puede ser tu mejor aliado para navegar el concurso de acreedores con éxito.

¿En qué te puede asistir concretamente un despacho experto?

Asesoría integral y estrategia

Un buen abogado concursal analizará la situación específica de tu filial y te explicará claramente las opciones legales.

Por ejemplo, te aconsejará si conviene solicitar un preconcurso o ir directamente a concurso, qué riesgos de responsabilidad existen en tu caso particular, o cuál es la mejor estrategia para recuperar el máximo de tu crédito.

Conocer el marco legal de 2025 al detalle les permite diseñar un plan de acción a tu medida.

Representación legal en España

El despacho se encargará de todas las gestiones procesales: presentar la solicitud de concurso (si eres el deudor) con la documentación requerida, o personarse en nombre tuyo como acreedor; comunicará créditos, impugnará listas si es necesario, asistirá a las comparecencias ante el juez, etc.

Tú recibirás informes periódicos en tu idioma sobre la marcha del procedimiento, traduciéndote documentos clave y resoluciones importantes.

Defensa de tus intereses y negociación

Si eres socio/administrador, tu abogado te defenderá en la sección de calificación para evitar (o minimizar) un posible señalamiento de culpabilidad.

Si eres acreedor, velará por que tu crédito esté correctamente reconocido y buscará maximizar la recuperación (por ejemplo, proponiendo garantías, participando en un convenio con mejores términos, etc.).

Un despacho con experiencia internacional sabrá también negociar con la administración concursal y otros acreedores, buscando acuerdos beneficiosos (quizá la venta de la unidad productiva a un tercero, la asunción de deuda por la matriz a cambio de activos, etc.).

Coordinación transfronteriza

Si la insolvencia de la filial española está conectada con procedimientos en otros países (por ejemplo, la matriz en concurso en su propio país, o activos de la filial ubicados fuera de España), un despacho especializado podrá coordinar las acciones multijurisdiccionales.

España forma parte de regulaciones europeas de insolvencia, y hay tratados internacionales que pueden entrar en juego; necesitarás expertos que entiendan estos puzzles transfronterizos para asegurar que las resoluciones españolas se reconozcan fuera y viceversa.

Prevención y consultas continuas

Más allá del concurso en sí, un buen asesor legal te ayudará a prevenir problemas futuros.

Por ejemplo, indicando qué políticas adoptar con tus filiales para evitar incurrir en responsabilidad, cómo documentar correctamente préstamos intercompany, o cómo actuar ante tensiones financieras para acogerte a herramientas preconcursales a tiempo.

Este acompañamiento te da tranquilidad al operar internacionalmente.

En definitiva, contar con un equipo jurídico especializado te aporta seguridad y aumenta las posibilidades de un resultado favorable.

La insolvencia de una empresa es una situación compleja, pero manejable con la orientación adecuada.

Un despacho con experiencia en derecho concursal español e internacional te permitirá afrontar el concurso de acreedores de tu filial en España de forma ordenada, técnica y eficiente, protegiendo tus derechos como socio o acreedor extranjero y minimizando los riesgos personales.

Por complicado que parezca el escenario, con el apoyo profesional correcto podrás tomar decisiones informadas y encauzar la crisis hacia la mejor solución posible dentro del marco legal vigente.

Conclusión sobre cómo afrontar el concurso de acreedores de tu filial en España desde el extranjero

Afrontar la quiebra (concurso de acreedores) de una filial española desde el extranjero exige comprender el funcionamiento del procedimiento concursal en España y actuar con diligencia.

Informarse sobre las etapas legales, cumplir las obligaciones como administrador, comunicar adecuadamente los créditos como acreedor y apoyarse en expertos locales son pasos esenciales.

Con este conocimiento y la ayuda de profesionales, incluso un directivo o inversor a miles de kilómetros puede mantener el control sobre la situación y defender sus intereses efectivamente.

España ofrece un sistema garantista pero exigente; demostremos seriedad y proactividad para salir adelante de la insolvencia con el menor perjuicio posible, transformando una crisis en una experiencia gestionada con éxito.

RRYP Global

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