Propiedad intelectual y acuerdos con integraciones de IA: el nuevo terreno del “copyleft” y los derechos sobre el output.
La creciente incorporación de modelos de inteligencia artificial (IA) en soluciones SaaS y entornos empresariales internacionales está reconfigurando las reglas de la propiedad intelectual.
En los contratos que regulan el uso, entrenamiento o integración de sistemas de IA, el principal foco de riesgo no está solo en los algoritmos, sino en los datasets y los outputs que generan.
La cuestión de fondo es: ¿de quién son los resultados producidos por una IA entrenada con datos de terceros?
Licencias del modelo y de los datasets: un punto crítico en la cadena de valor
En los contratos de integración de IA —por ejemplo, un acuerdo SaaS entre un proveedor tecnológico y una empresa usuaria— el primer paso es identificar con precisión qué elementos están licenciados y bajo qué términos.
El modelo puede estar cubierto por una licencia propietaria (privativa) o copyleft (de código abierto), mientras que los datasets empleados en su entrenamiento pueden tener procedencias y condiciones dispares: datos públicos, bases licenciadas bajo Creative Commons, o conjuntos de datos internos de la empresa.
Algunas licencias de modelos o datasets —como las de tipo Apache 2.0, MIT o Creative Commons Share-Alike (CC-BY-SA)— imponen obligaciones de atribución, distribución bajo los mismos términos, o limitaciones en usos comerciales.
Estas condiciones pueden “contaminar” los outputs si no se establecen mecanismos contractuales que las delimiten.
Cláusula tipo recomendada:
“El Proveedor garantiza que los datasets y modelos empleados en el Entrenamiento no están sujetos a licencias que impongan condiciones de copyleft o restricciones incompatibles con la explotación comercial del Output generado por el Cliente.”
Derechos sobre el output: ¿obra derivada o creación autónoma?
El principal debate jurídico actual gira en torno a si los resultados producidos por una IA (textos, imágenes, diseños, código) pueden considerarse obras protegidas porderechos de autor, y quién sería su titular.
En la Unión Europea, la protección por derecho de autor exige intervención humana creativa; por tanto, los outputs generados de forma autónoma por un modelo de IA no gozan de protección, salvo que el usuario haya aportado una contribución significativa en la configuración, selección o edición del resultado.
Desde la óptica contractual, esta ambigüedad obliga a asignar la titularidad expresamente.
En acuerdos internacionales de licencia o prestación SaaS, se recomienda incorporar cláusulas de atribución y uso diferenciado del “modelo”, los “datasets” y el “output”.
Cláusula tipo sugerida:
“Las Partes reconocen que los Outputs generados mediante el uso de la IA serán titularidad del Cliente, sin perjuicio de los derechos que correspondan al Proveedor sobre el modelo subyacente y los datasets empleados para su funcionamiento.”
Matriz de riesgos en integraciones IA
Elemento | Riesgo jurídico | Medida contractual |
Dataset de terceros | Copyleft o uso no autorizado | Garantía de origen lícito y declaración de licencias compatibles |
Modelo preentrenado | Restricciones de uso o sublicencia | Cláusula de exención de responsabilidad y acceso limitado |
Output generado | Titularidad incierta | Asignación expresa de propiedad intelectual |
Uso comercial internacional | Licencias incompatibles entre jurisdicciones | Elección de ley aplicable y cláusula de territorialidad |
FAQs Preguntas frecuentes en contratos de IA
Depende del grado de intervención humana. Si el resultado se genera de forma automática, puede no ser protegible por derecho de autor. No obstante, contractualmente puede atribuirse al usuario o al cliente, lo que resulta aconsejable en relaciones B2B.
Solo si se garantiza que los datasets empleados no imponen restricciones copyleft o “non- commercial”. En caso contrario, el uso podría considerarse infractor. Es esencial realizar una auditoría de licencias previas y documentar el origen de los datos.
El proveedor podría incurrir en infracción por reproducción o transformación no autorizada. El contrato debe incluir declaraciones y garantías sobre la licitud del entrenamiento, y mecanismos de indemnización por reclamaciones de terceros.
Una nueva gobernanza contractual en la era de la IA
La contratación tecnológica con componentes de inteligencia artificial requiere un enfoque más granular: distinguir entre modelo, datos y resultados, auditar el origen de cada uno, y prever la transferencia y uso del output bajo un marco jurídico claro.
En los acuerdos internacionales de SaaS con IA integrada, la claridad en la cadena de licencias es la mejor defensa frente a conflictos de propiedad intelectual y a la incertidumbre regulatoria que aún persiste.

RRYP Global, abogados de propiedad intelectual.