Las fusiones y adquisiciones internacionales son una de las herramientas más utilizadas por empresas que desean crecer, diversificar riesgos y posicionarse en nuevos mercados.
A través de estas operaciones, una compañía puede adquirir otra en el extranjero o fusionarse con ella, creando un grupo con mayor presencia internacional.
En España, este tipo de operaciones tiene un interés creciente tanto para inversores extranjeros que buscan acceder al mercado español, como para empresas españolas que quieren integrarse en grupos internacionales.
Sin embargo, no basta con cerrar un acuerdo económico: las fusiones y adquisiciones transfronterizas están sujetas a un marco legal complejo.
En este artículo explicamos de forma clara cómo funciona este marco legal, cuáles son los principales riesgos y qué claves deben tener en cuenta las empresas e inversores antes de dar el paso.
¿Qué son las fusiones y adquisiciones?
Fusión: ocurre cuando dos sociedades se unen para crear una sola.
Ejemplo: una empresa de transporte española y una de logística francesa deciden integrarse en una única compañía que ofrezca servicios combinados en toda Europa.
Adquisición: se produce cuando una empresa compra otra y pasa a tener el control sobre ella.
Ejemplo: una cadena de supermercados española adquiere a una compañía portuguesa para ampliar su red en la península.
La diferencia entre una operación nacional y una transfronteriza está en que, en el segundo caso, entran en juego distintas legislaciones, sistemas fiscales y autoridades de supervisión, lo que complica considerablemente el proceso.
El marco legal en España
Las fusiones y adquisiciones transfronterizas en España están reguladas principalmente por tres grandes bloques normativos:
- Regulación de inversiones extranjeras
- Ley 19/2003 sobre Régimen Jurídico de los Movimientos de Capitales y de las Transacciones Económicas con el Exterior.
- En principio, las inversiones extranjeras son libres, pero el artículo 7 bis prevé autorización administrativa previa cuando la operación afecta a sectores estratégicos (infraestructuras críticas, energía, defensa, telecomunicaciones, agua, salud, medios de comunicación, etc.) o cuando el inversor no pertenece a la Unión Europea ni a la AELC.
- Se considera inversión extranjera directa aquella que otorga al menos un 10 % del capital social o el control efectivo de la sociedad.
- Régimen fiscal común para operaciones intracomunitarias
- Incorporado en España a través de la Ley de Economía Sostenible (Ley 2/2011), que adapta la Directiva 2009/133/CE.
- Permite que fusiones, escisiones y canjes de acciones entre empresas de distintos Estados miembros de la UE se realicen bajo un régimen de neutralidad fiscal.
- Esto significa que no se tributan las plusvalías latentes en el momento de la operación, sino que se difieren hasta una transmisión posterior.
- Normativa mercantil y de mercado de valores
- Además de lo anterior, deben cumplirse los procedimientos previstos en la Ley de Sociedades de Capital: proyecto de fusión, aprobación por las juntas generales, publicación y registro en el Registro Mercantil, etc.
- Si la operación implica sociedades cotizadas, entran en juego las normas sobre ofertas públicas de adquisición (OPA) y la Ley de Mercado de Valores, que protegen a los accionistas y garantizan la transparencia.
¿Por qué se aplican las leyes y los impuestos de ambos países?
En toda operación transfronteriza confluyen dos ordenamientos jurídicos y dos sistemas fiscales: el del país de la empresa compradora y el del país de la empresa adquirida.
- Cada sociedad sigue estando sujeta a las leyes mercantiles de su país de origen hasta que la integración se formalice.
- El contrato internacional puede regirse por la ley que elijan las partes (por ejemplo, derecho español), pero esa elección solo afecta al contrato, no a las obligaciones nacionales.
- En el ámbito fiscal, el país donde se encuentra la empresa adquirida puede gravar la venta de acciones o los activos transferidos, mientras que el país de la compradora puede exigir impuestos al integrar los resultados o repatriar dividendos.
Para evitar una doble imposición, España y otros Estados han firmado convenios bilaterales de doble imposición (CDI) que permiten compensar impuestos pagados en el extranjero.
Retos y riesgos legales en operaciones internacionales
Las fusiones y adquisiciones internacionales ofrecen grandes oportunidades, pero también implican riesgos que deben analizarse cuidadosamente:
- Normativa aplicable: Definir qué ley se aplica al contrato y qué tribunales o mecanismos de arbitraje resolverán los conflictos es esencial para evitar incertidumbre.
- Diferencias fiscales: Cada país grava de manera distinta las plusvalías, la repatriación de beneficios y la consolidación fiscal. Una planificación inadecuada puede encarecer la operación.
- Competencia y regulación antimonopolio: La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en España, junto con las autoridades de otros países (e incluso la Comisión Europea), revisan las operaciones de gran volumen para evitar monopolios o concentraciones de poder excesivas.
- Protección de inversores y accionistas: En España, los socios minoritarios cuentan con derechos reforzados (información, oposición, venta forzosa en OPAs, etc.), que deben respetarse escrupulosamente para evitar impugnaciones.
- Riesgos culturales y de gobernanza: Más allá de la ley, la integración de equipos de distintos países plantea retos de gestión, comunicación y cultura empresarial que pueden determinar el éxito o fracaso de la fusión.
Procedimientos y requisitos adicionales en España
Además de los aspectos generales, hay situaciones en las que se requieren pasos adicionales:
- Autorizaciones administrativas: en sectores estratégicos, la falta de autorización puede conllevar la nulidad de la operación y sanciones.
- Protección de acreedores y trabajadores: la normativa exige mecanismos para garantizar que los derechos de empleados y proveedores no se vean perjudicados.
- Aumentos de capital con aportaciones extranjeras: requieren especial atención, sobre todo si el inversor es extracomunitario.
- OPAs obligatorias: cuando se adquiere el control de una sociedad cotizada, puede ser necesario lanzar una oferta pública dirigida a todos los accionistas.
Ejemplo práctico: empresa española adquiere una mexicana
Imaginemos que una sociedad española quiere adquirir el 100 % de una empresa mexicana de tecnología:
- En México deberá cumplir con la legislación mercantil local, declarar la operación ante las autoridades y asumir los impuestos derivados de la venta de acciones.
- En España deberá contabilizar la adquisición, cumplir con las normas de consolidación fiscal y, en su caso, aplicar el convenio para evitar la doble imposición España–México.
- En el contrato internacional las partes podrían pactar que la ley aplicable sea la española y que cualquier disputa se resuelva mediante arbitraje en la Cámara de Comercio Internacional (CCI).
Este ejemplo refleja cómo en una sola operación entran en juego dos marcos legales, dos sistemas fiscales y una capa adicional de normas internacionales.
Conclusión
Las fusiones y adquisiciones transfronterizas en España no son solo un reto económico, sino también jurídico y fiscal.
Requieren cumplir con requisitos mercantiles y, en muchos casos, obtener autorizaciones administrativas previas.
Un error en la planificación puede derivar en sanciones, nulidad de la operación o un coste fiscal mucho mayor al previsto.
Por ello, contar con un equipo de abogados con experiencia en derecho mercantil internacional y fiscalidad transfronteriza es la clave para garantizar que la operación se realice con seguridad jurídica, eficiencia fiscal y una integración empresarial exitosa.
Si estás valorando una operación de fusión o adquisición internacional en España, en nuestro despacho te ayudamos a analizar los riesgos, planificar la estructura más eficiente y acompañarte en cada paso del proceso.

RRYP Global, abogados de fusiones y adquisiciones.