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Contratación de profesionales altamente cualificados: Permiso PAC y tarjeta azul de la UE.

Contratación de profesionales altamente cualificados-Permiso PAC y tarjeta azul de la UE.

Contratar trabajadores extranjeros con alta cualificación requiere cumplir con ciertos requisitos legales y gestionar permisos específicos como la Tarjeta Azul de la Unión Europea o el permiso para personal altamente cualificado.

En este artículo profundizaremos en las principales diferencias de estos permisos, así como las claves fundamentales para tramitar la contratación de estos perfiles profesionales, tanto para las empresas como para que los propios trabajadores sean conocedores de estos procesos.


Tipo de permiso de residencia

Resulta evidente la creciente necesidad de talento internacional, especialmente en sectores estratégicos.

En España existe un permiso de residencia concreto para este perfil profesional: el permiso de residencia y trabajo para profesional altamente cualificados (PAC).

Este se trata de un permiso de residencia temporal que puede ser solicitado en modalidades: visado (cuando el trabajador se encuentra fuera de España) y autorización (cuando el trabajador se encuentra en territorio español).

Por lo tanto, se trata de un permiso orientado a personal cualificado no comunitario y está ligado al contrato de trabajo requerido.


Normativa aplicable

En España, la normativa que regula la residencia para profesionales altamente cualificados se encuentra principalmente en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Concretamente en el artículo 71 y siguientes.

A esta legislación se le han introducido modificaciones mediante la Ley 11/2023, que traspone la Directiva (UE) 2021/1883, actualizando y mejorando las condiciones de entrada y residencia de nacionales de terceros países con fines de empleo de alta cualificación.

A nivel europeo, destacan la Directiva 2009/50/CE del Consejo, de 25 de mayo de 2009, conocida como la Directiva de la Tarjeta Azul de la UE. La Directiva (UE) 2021/1883 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de octubre de 2021.

Esta nueva directiva actualiza y refuerza el régimen de la Tarjeta Azul de la UE, estableciendo criterios más flexibles y beneficios adicionales para atraer talento altamente cualificado a la Unión Europea.


¿Qué es un profesional altamente cualificado?

De conformidad con el Ministerio de Migración, Seguridad Social y Migraciones, los PAC son aquellos “profesionales extranjeros con una oferta de trabajo en España para el desarrollo de una relación laboral o profesional en un puesto directivo o actividad para la que se requiera contar con una cualificación de enseñanza superior o, excepcionalmente, se acredite un mínimo de tres años de experiencia profesional que pueda considerarse equiparable a dicha cualificación, relacionada con la actividad para cuyo desempeño se conceda a la autorización de residencia”.

El artículo 71 de la Ley 14/2013 establece dos modalidades de autorización con pequeñas diferencias:

  1. Profesionales titulares de la Tarjeta Azul UE.
  2. Profesionales Altamente Cualificados (PAC).

Aunque en el siguiente apartado se tratará la relevancia y el uso de la Tarjeta Azul de la UE, la principal diferencia entre ambas reside en:

  • Para los poseedores de Tarjeta azul, se entiende cualificación de enseñanza superior aquella que derive un Nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), o de un mínimo de cinco años de experiencia de conocimientos equiparables.
  • Para los PAC, se requiere una titulación equiparable al menos al nivel 1 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior o conocimientos, capacidades y competencias avaladas por una experiencia profesional de al menos tres años.

Ello implica, que en el primer supuesto se requiere una formación de Nivel 2, equivalente a un Grado o una experiencia profesional de 5 años, mientras que en el nivel 1 del MECES equivale a un título de Técnico Superior o una experiencia profesional de 3 años.

En este artículo nos centraremos en desarrollar el permiso PAC.

Para más información sobre la Tarjeta Azul UE en España puedes revisar el siguiente artículo de nuestra web:


¿Qué requisitos debe cumplir el puesto de trabajo altamente cualificado?

Para determinar que el trabajador es altamente cualificado se valorarán cuestiones como la remuneración establecida, la experiencia del trabajador y su formación.

  1. Funciones: deben oscilar entre los grupos 1 y 2 de la Clasificación Nacional de Ocupaciones 2011 (CNO-11).
  2. Remuneración: al menos el salario medio anual por grupos de ocupación. En el caso de directores 54.142€/anuales, y para otros cargos técnicos 40.077€/anuales. En caso de que el solicitante sea un trabajador menor de 30 años se aplicará un coeficiente reductor del 0.75% al requisito salarial.

¿Qué es la Tarjeta Azul de la Unión Europea?

Es un permiso de residencia para trabajadores nacionales de terceros estados fuera de la U.E que les permite vivir y trabajar dentro de la Unión Europea.

Es válida en todos los Estados Miembros a excepción de Irlanda y Dinamarca.

Se aplica a los nacionales de terceros países que solicitan o han solicitado un empleo de alta cualificación en un Estado miembro.

No se aplica a los nacionales de terceros países que: soliciten protección internacional; se encuentren realizando un proyecto de investigación; disfruten del estatuto de residente de larga duración en un Estado miembro; estén cubiertos por un acuerdo internacional que permita la estancia temporal, los derechos de libre circulación o aquellos cuya expulsión haya sido suspendida.

La tarjeta ofrece beneficios considerables a sus titulares:

  • Entrar, volver a entrar y permanecer en el territorio del país de la UE donde se expide la tarjeta.
  • Acceder a empleo de alta capacitación.
  • Recibir el mismo trato que trabajadores nacionales en cuanto a condiciones laborales, formación, seguridad social y acceso a servicios.
  • Solicitar reagrupación familiar.
  • Acumular periodos de residencia en diferentes países que permitan solicitar permisos de residencia de larga duración.

Además, la tarjeta favorece la circulación de sus titulares dentro del territorio europeo.

Tanto para movilidades de corta duración (viajes de hasta tres meses a otros Estados de la UE para realizar una actividad profesional), como para larga duración (tras 12 meses residiendo en un Estado Miembro, podrán residir y trabajar en otro país solicitando un permiso de residencia con la tarjeta mediante un proceso más rápido y sencillo).

¿Es un permiso independiente al de los otorgados en el marco nacional de cada Estado Miembro?

Se trata de un permiso con base en una normativa común, pero cada Estado la concede y regula sus propios requisitos dentro del marco europeo.

Por lo tanto, la tarjeta no afecta a las disposiciones más favorables del Derecho de la Unión, incluidos los acuerdos bilaterales y multilaterales ni al derecho de los Estados miembros a decidir cuántos nacionales de terceros países pueden entrar en su territorio.

Por lo tanto, la tarjeta podrá simplificar los procedimientos eximiendo de presentar cierta documentación o acortando la duración de los plazos, pero no sustituye a los permisos de extranjería de cada Estado.


Requisitos generales para solicitar ambos permisos

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de países donde sea de aplicación el régimen comunitario.
  • No encontrarse irregularmente en territorio español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.

Permiso PAC: Requisitos específicos y procedimiento

Como se menciona al inicio del artículo, es posible solicitar tanto un visado como una autorización en función de dónde se encuentre el solicitante.

1. Autorización

En este supuesto, el trabajador se encuentra en situación regular dentro del territorio español.

Esta autorización se presenta en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).

Se trata de un trámite online, cuyo sujeto legitimado serán las propias empresas que requieran la incorporación en territorio español.

a) Documentación:

Los documentos que acrediten cumplir con los requisitos específicos de profesional altamente cualificado serán:

  • Título de la Universidad o Escuela de Negocios de Reconocido Prestigio.
  • Documentación acreditativa de la empresa solicitante (copia del NIF de la empresa y del documento de identidad del representante legal que realiza el proceso)
  • Copia del contrato o de la relación profesional firmado por ambas partes.
  • Perfil del puesto de trabajo donde se indiquen las funciones y tareas desempañadas.

b. Procedimiento:

  1. Presentación de la solicitud por parte de la empresa ante la UGE-CE.
  2. Resolución: La UGE-CE evalúa la solicitud y, si se cumplen los requisitos, concede la autorización de residencia.
  3. Plazo: 20 días hábiles desde la presentación de la solicitud.

2. Visado

En este supuesto, el trabajador se encuentra fuera del territorio español.

No obstante, siempre requerirá de forma previa la resolución de la autorización ante la UGE-CE reflejada en el apartado anterior.

Una vez emitida dicha resolución, se deberá solicitar una cita para el visado en la oficina consular o Embajada correspondiente a su demarcación consular.

a. Documentación:

  • Formulario de solicitud de visado nacional.
  • Una fotografía reciente.
  • Pasaporte válido.
  • Original y una copia de la autorización expedida por la UGE-CE.
  • Documentación acreditativa de la empresa solicitante.
  • Documento en el que se detalle el perfil del puesto de trabajo.
  • Original y una copia del certificado de antecedentes penales.
  • Justificante de abono de la tasa correspondiente.
  • Prueba de residencia en la demarcación consular.

b. Procedimiento:

  1. Presentación de solicitudde visado por parte del trabajador hasta 90 días antes de la entrada a España.
  2. Resolución: Evaluación y emisión del visado.
  3. Plazo: hasta 5 semanas. Una vez emitido el visado, deberá ser retirado personalmente o por un representante, en el plazo máximo de 1 mes.



Cómo solicitar la Tarjeta Azul en España: requisitos específicos y procedimientos

El sujeto legitimado de esta tarjeta puede ser tanto el empleador o empresario como el trabajador personalmente.

Existen dos opciones para solicitar la Tarjeta Azul:

Opción 1: Solicitud inicial en España

Se podrá solicitar la Tarjeta Azul UE por primera vez en España si recibe una oferta de empleo altamente cualificado de una empresa establecida en España.

La empresa contratante debe presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería de la provincia donde el trabajador prestará sus servicios.

Si la persona se encuentra fuera de España, primero se le concede un visado de entrada para formalizar el contrato de trabajo en territorio español.


Opción 2: Solicitud desde otro país de la U.E.

Si el trabajador ya tiene una Tarjeta Azul UE concedida por otro Estado miembro, puede trasladarse a España tras haber residido al menos 18 meses en ese país sin necesidad de solicitar una nueva tarjeta desde cero.

En este caso, el trabajador debe notificar el traslado a las autoridades españolas dentro de los 30 días posteriores a su llegada e iniciar la solicitud del permiso de residencia y trabajo específico.

Para el cual se establecen los siguientes requisitos concretos:

  • Que la situación nacional de empleo permita la contratación. Lo permite si:
    • La ocupación que va a desempeñar el trabajador en la empresa está incluida en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura que el Servicio Público de Empleo Estatal publica trimestralmente.
    • La Oficina de Extranjería competente considere que no se ha podido cubrir el puesto de trabajo a tenor del certificado que el Servicio Público de Empleo emite sobre la gestión de la oferta de empleo.
  • Que exista un contrato de trabajo firmado por ambas partes que acuerde una actividad continuada. Las condiciones firmadas deberán ajustarse a la normativa vigente y a un salario bruto mínimo concreto.
  • Que el empleador esté inscrito en la Seguridad Social española y que cuente con los medios necesarios para mantener el proyecto empresarial.

En ambos casos, el plazo de emisión de la Tarjeta Azul puede ser de hasta 45 días.


Reagrupación familiar

Tanto si es poseedor de la Tarjeta Azul como con el visado o autorización de la Ley 14/2013, es posible solicitar la reagrupación familiar de forma simultánea a las solicitudes.

La reagrupación familiar abarca al cónyuge o pareja de hecho, hijos menores de edad o mayores que dependan económicamente del titular, y ascendientes a cargo.

Esta solicitud dependerá del titular inicial y requerirá la acreditación del vínculo familiar como de la posesión de medios económicos suficientes.


Riesgos del permiso

Al ser una autorización vinculada a la actividad lucrativa, es importante tener en cuenta la vigencia del contrato laboral.

Pues, este permiso se otorga para un puesto de trabajo y con una empresa en concreto.

Por lo tanto, si el titular decide dejar el trabajo o la empresa despedirle, la persona trabajadora tendrá la obligación de comunicar esta circunstancia a la UGE-CE.

Para continuar siendo titular de la autorización como PAC, será necesario presentar una nueva solicitud, que volverá a evaluar su condición.

Y será necesario un nuevo contrato de trabajo en el periodo de los 30 días siguientes a la finalización de la relación laboral.

Otra opción, sería cambiar de autorización PAC a un permios de residencia como trabajador por cuenta ajena.


Conclusión

Tanto la autorización como PAC, como la Tarjeta Azul de la U.E resultan opciones ventajosas para todo trabajador altamente cualificado.

No obstante, la combinación de ambas autorizaciones un procedimiento complejo que requiere conocer las condiciones establecidas para su emisión.


RRYP Global, abogados de extranjería y derecho laboral internacional.

Ana Pérez

Ana Pérez

Graduada en Relaciones Internacionales y Máster en Altos Estudios Internacionales y Europeos.

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