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Cómo protegen los derechos humanos el Tribunal Europeo y la Corte Interamericana

Cómo protegen los derechos humanos el Tribunal Europeo y la Corte Interamericana

Introducción

Tras la Segunda Guerra Mundial, la proliferación de tribunales internacionales de derechos humanos con capacidad para dictar resoluciones vinculantes ha transformado la concepción clásica del poder jurisdiccional de los Estados.

Entre ellos destacan el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), protagonistas del sistema regional de protección de los derechos fundamentales en Europa y América.

Este artículo analiza sus funciones, características comunes y diferencias estructurales, ofreciendo una visión comparativa de ambos modelos jurisdiccionales.


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH)

Origen y fundamento jurídico

El TEDH se establece en virtud del artículo 19 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), en vigor desde 1953.

Su misión principal es garantizar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los Estados parte del Convenio.

Funciones y competencias

Con sede en Estrasburgo, el TEDH es el máximo intérprete del CEDH, sus Protocolos y demás instrumentos de desarrollo, según lo previsto en los artículos 32.1, 33, 34, 46 y 47 del propio Convenio.

Desde su creación, el Tribunal ha asumido un rol central como órgano de control de la legalidad de las normas internas y los actos de los gobiernos nacionales.

Un modelo pionero en protección internacional

El TEDH representó el primer ejemplo de jurisdicción internacional en derechos humanos con competencias plenas, sirviendo de modelo para otros tribunales regionales creados posteriormente, como la Corte Interamericana.


La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)

Creación y marco normativo

Casi dos décadas después del nacimiento del TEDH, en 1969 se firmó la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), también conocida como Convención de San José.

El artículo 33.b establece la creación de la Corte Interamericana, aunque esta comparte funciones con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a diferencia del modelo europeo más centralizado.

Competencias y funcionamiento

A pesar de esta bicefalia institucional, la Corte Interamericana actúa como tribunal internacional plenamente constituido, con competencias para:

  • Conocer de peticiones interestatales e individuales (artículos 44 y 45 CADH)
  • Función consultiva (artículo 64 CADH)
  • Interpretar y aplicar la Convención y sus protocolos

Influencia europea en el sistema interamericano

Un sistema inspirado en el modelo del TEDH

El desarrollo del sistema interamericano muestra una clara inspiración en el modelo europeo. Tanto en sus procedimientos como en los requisitos de admisibilidad y la estructura de su jurisprudencia, la CIDH ha replicado en gran parte el esquema del TEDH.

Reformas diferenciadoras: el Protocolo nº 11 del CEDH

La entrada en vigor del Protocolo Adicional nº 11 del CEDH marcó una diferencia clave. Esta reforma:

  • Eliminó la antigua Comisión Europea de Derechos Humanos
  • Redujo las competencias del Consejo de Ministros del Consejo de Europa
  • Consolidó al TEDH como único órgano jurisdiccional permanente y obligatorio para los Estados parte

Esta evolución acentuó la divergencia estructural entre ambos tribunales, sobre todo al introducir figuras como el juez único, comités, salas y Gran Sala en el TEDH, mientras la CIDH mantiene una estructura unitaria tradicional.


Composición y elección de jueces

Designación de jueces

Ambos tribunales comparten su naturaleza jurisdiccional internacional y el hecho de que sus jueces son designados por los Estados miembros.

Sin embargo, el proceso y la composición difieren:

AspectoTEDHCIDH
Nº de juecesUno por cada Estado parte7 jueces (número inferior al total de Estados miembros)
Duración del mandato9 años, sin reelección (art. 23 CEDH)6 años, con posibilidad de reelección (art. 54.1 CADH)

Estas diferencias reflejan la diversidad institucional y política de cada región, aunque ambos órganos se insertan en la voluntad soberana de los Estados que los integran.


Conclusiones: convergencias y divergencias en la protección regional

A pesar de sus diferencias estructurales y evolutivas, el TEDH y la CIDH cumplen funciones similares: interpretar sus respectivos tratados y velar por su cumplimiento, ofreciendo a las personas un mecanismo efectivo para la tutela de sus derechos fundamentales.

Si bien el TEDH ha experimentado una mayor evolución institucional, la Corte Interamericana ha mantenido una influencia sólida y progresiva en la región americana, adoptando elementos del modelo europeo sin perder su identidad propia.


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