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Fraude digital internacional: qué hacer si te estafan desde otro país (Guía 2025)

Ser víctima de una estafa digital desde otro país añade complejidad: diferentes jurisdicciones, idiomas y plataformas.

Esta guía, pensada para personas en España, te explica qué hacer paso a paso, cómo intentar recuperar el dinero según el método de pago, dónde denunciar y qué mecanismos europeos e internacionales existen. Incluye plantillas, checklist de pruebas, y FAQs reales.

1) Primeros pasos inmediatos

Actúa en minutos, no en días.

  1. Corta el contacto con el estafador y no envíes más dinero.
  2. Guarda evidencias: correos, chats, anuncios, contratos, comprobantes, IBAN/billeteras, URL, perfiles y capturas. Más abajo te explicamos cómo certificar pruebas con “testigos online”.
  3. Avisa a tu banco o emisor de tarjeta y bloquea medios de pago. Si hay cargos no autorizados, la ley obliga al proveedor a reembolsar de inmediato y, en general, tu responsabilidad por pérdidas antes del aviso está limitada a 50 € (salvo fraude o negligencia grave).
  4. Llama al 017 (INCIBE) para ayuda gratuita y confidencial, o usa sus canales de WhatsApp/Telegram. Te orientarán para denunciar y proteger tus cuentas.
  5. Denuncia: en Guardia Civil (posible denuncia telemática para “cargos fraudulentos con tarjeta”, hurtos y otros supuestos) o Policía Nacional en comisaría.
  6. Reporta en la plataforma implicada (marketplace, red social, pasarela): el DSA exige mecanismos sencillos para señalar contenido o vendedores ilegales y sistemas internos de reclamación.
  7. Si hay suplantación de identidad o difusión de datos sensibles, acude a la AEPD; para contenidos sexuales o violentos sin consentimiento, usa el Canal Prioritario para retirada urgente.
  8. Reporta internacionalmente si procede: Europol (redirecciona a la web de denuncia de tu país) e INTERPOL (siempre a través de tu policía local).

2) Cómo recuperar el dinero según el método de pago

2.1 Tarjeta (crédito/débito)

  • Cargos no autorizados: tu banco debe devolver el importe “sin demora” y como tarde al final del siguiente día hábil tras observar o ser notificado, salvo sospecha razonable de fraude. Tu responsabilidad previa a la notificación se limita a 50 € (salvo dolo/negligencia grave). Carga de la prueba: corresponde al proveedor demostrar autenticación y correcta ejecución. Actúa rápido y por escrito.
  • Disputa por bienes/servicios no entregados: solicita “chargeback” a tu emisor como vía de reversión; ECC‑Net publica guía práctica para la UE/EEE.
  • Si tu banco se niega sin base, puedes reclamar ante su SAC y, después, al Banco de España (procedimiento de reclamaciones).

2.2 Transferencia bancaria (SEPA)

  • Regla general: una transferencia ejecutada es irrevocable; puedes pedir la recuperación de fondos a tu banco, que intentará el recall con el banco receptor. La rapidez es clave.
  • Si fue no autorizada (p. ej., malware o suplantación): se aplica el marco de operaciones no autorizadas (reembolso inmediato salvo sospecha fundada de fraude/culpa grave).

2.3 Plataformas de comercio/marketplaces/redes

  • El DSA obliga a las plataformas a facilitar reportes de contenidos/ventas ilegales y a cooperar con “señaladores de confianza”; usa sus canales internos y conserva los números de caso.
  • Desde 20 de julio de 2025 la plataforma ODR de la Comisión Europea dejó de operar; la UE redirige a mecanismos extrajudiciales del DSA (art. 21) y a recursos de ECC‑Net.

2.4 Criptomonedas

  • Pagos en blockchain suelen ser irreversibles. Contacta de inmediato con el exchange (si intervino), bloquea cuentas y denuncia para facilitar trazabilidad y posibles órdenes de conservación de evidencias (cooperación internacional bajo Convenio de Budapest y su Segundo Protocolo Adicional).

2.5 Inversiones y criptoactivos

  • Verifica siempre en CNMV si la entidad está autorizada y revisa su listado de advertencias. Si sospechas, no inviertas y denuncia.

3) Cómo y dónde denunciar (España, UE e internacional)

  1. España – Vía principal
    • Guardia Civil: denuncia telemática (requiere Cl@ve/certificado) para varios supuestos, entre ellos cargos fraudulentos con tarjeta; o presencial en cuartel.
    • Policía Nacional: denuncia presencial en comisaría; consulta opciones en su portal.
    • 017 (INCIBE): orientación para denunciar y protegerte.
  2. UE/EEE – Asistencia al consumidor
    • Si compraste a una empresa de otro Estado miembro (o Islandia/Noruega), ECC‑Net (Centro Europeo del Consumidor) te informa y media gratuitamente. En España, contacta con CEC‑España.
  3. Europa – Policía y cooperación
    • Europol: portal que redirige a la web de denuncia de tu país; no recoge denuncias directamente.
    • INTERPOL: siempre debes denunciar a tu policía local; INTERPOL no investiga denuncias directas de particulares.
  4. Fuera de la UE
    • econsumer.gov (FTC y red de agencias): denuncia internacional de fraudes transfronterizos (acepta reclamaciones en varios idiomas). Útil para compartir datos con autoridades de muchos países.
    • FBI IC3: admite denuncias de cualquier persona, incluso no residentes en EE. UU., sobre delitos cibernéticos.
  5. Datos personales / suplantación
    • AEPD (y Canal Prioritario para contenidos sexuales/violentos): retiradas urgentes y reclamación por protección de datos.

4) Vías de resolución de conflictos transfronterizos en la UE

  • ECC‑Net: asesora, intermedia con el comerciante extranjero y te orienta hacia ADR (resolución alternativa) cuando procede.
  • DSA: además de reportar contenidos, prevé organismos de resolución extrajudicial para disputas con plataformas (art. 21). Úsalos cuando el canal interno no resuelva.
  • Proceso europeo de escasa cuantía: para reclamaciones civiles/mercantiles transfronterizas de hasta 5.000 € (excluidos los gastos), en todos los países de la UE salvo Dinamarca. Procedimiento principalmente escrito, con formularios estandarizados (Formulario A).



5) Pruebas digitales: cómo reunir y conservar evidencias

Objetivo: que la prueba sea útil y aceptable.

  1. Capturas de chats, emails, anuncios, perfiles, comprobantes, logs y números de transacción.
  2. Exporta conversaciones (WhatsApp/Telegram/Signal) y correos completos con encabezados.
  3. Certifica páginas y contenidos con “testigos online” (sellado de tiempo/huellas). INCIBE explica su utilidad.
  4. No manipules archivos originales; trabaja con copias.
  5. Guarda IBANs, billeteras cripto, nicks, dominios y IPs si las conoces.
  6. Crea una línea de tiempo con fechas y horas.

6) Prevención y “señales rojas”

  • Presión de urgencia (“hoy o pierdes el descuento”), petición de pago en cripto/vouchers, gramática extraña, dominios clonados.
  • Verifica empresas: CNMV (inversiones), “entidades no autorizadas” del Banco de España, avisos de autoridades de consumo.
  • Activa 2FA, usa contraseñas únicas y revisa movimientos con frecuencia.
  • En Europa, las plataformas deben ofrecer canales visibles para reportar vendedores o contenidos ilícitos (DSA). Úsalos.

7. Denuncia: checklist de información

  • Datos personales y contacto.
  • Cronología (fechas/horas).
  • Plataforma/empresa y país.
  • Capturas y justificantes (pago/IBAN/cripto).
  • Impacto económico.
  • Posibles testigos y número de caso de la plataforma.

8) FAQs: preguntas que te harías si vives en España y te estafan desde otro país

¿Debo denunciar aunque el estafador esté fuera de España?

Sí. Denunciar en España activa la cooperación internacional (Europol/INTERPOL) y permite medidas para preservar pruebas electrónicas. Interpol y Europol insisten en denunciar ante la policía local; ellos coordinan entre países

¿Puedo recuperar mi dinero si pagué con tarjeta?

Si el cargo no fue autorizado, tu banco debe reembolsar de inmediato y tu responsabilidad se limita a 50 € antes del aviso, salvo fraude o negligencia grave. Si fue autorizado pero no recibiste el producto/servicio, pide chargeback; ECC‑Net ofrece guía.

¿Y si fue una transferencia?

Una vez ejecutada, no suele poder anularse; pide a tu banco recuperación de fondos cuanto antes. Si la operación fue no autorizada, aplica el régimen de reembolso de la normativa de pagos.

Compré en un marketplace extranjero. ¿A quién reclamo?

Usa primero el sistema interno de reclamaciones y el canal de reporte (obligatorios bajo el DSA). Si no funciona, ECC‑Net puede mediar y orientarte hacia ADR u otras vías.

¿Sigue existiendo la plataforma ODR de la UE?

No. La Comisión cerró la plataforma ODR el 20 de julio de 2025 y redirige a organismos extrajudiciales del DSA y a recursos de ECC‑Net.

Si me suplantan la identidad, ¿a quién acudo?

AEPD (reclamación) y Canal Prioritario para retirada ágil de contenidos sexuales/violentos. Denuncia también ante Policía/Guardia Civil.

¿Puedo denunciar online a la Guardia Civil?

Sí, para supuestos concretos (p. ej., cargos fraudulentos con tarjeta). Requiere Cl@ve o certificado; revisa la Sede Electrónica.

¿Desde España puedo reportar un fraude internacional fuera de la UE?

Sí: econsumer.gov centraliza denuncias cross‑border (red global coordinada por la FTC). Si implica a EE. UU. o servicios con base allí, IC3 acepta denuncias de no residentes.

¿Puedo ir a juicio en la UE por 1.000–5.000 €?

Sí, mediante el Proceso Europeo de Escasa Cuantía (hasta 5.000 €, sin gastos) con formularios estándar y procedimiento simplificado.


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Fran Castilla

Fran Castilla

Responsable de Marketing y Publicidad, con apoyo en Sistemas en RRYP Global.

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