Defensa jurídica tras el despido de trabajadores vinculados a una representación diplomática española
En RRYP Global estamos gestionando la defensa de varios trabajadores que prestaban servicios para una embajada o consulado español, y que han sido cesados de manera unilateral.
Los afectados acudieron al despacho ante la incertidumbre sobre sus derechos laborales, la posible improcedencia del despido y las particularidades legales de su relación contractual.
El procedimiento se encuentra en curso, tras haber activado las vías administrativas y judiciales pertinentes para garantizar la protección efectiva de sus derechos.
¿Qué implica trabajar para una embajada o consulado?
Trabajar para una embajada o consulado español en el extranjero puede generar situaciones jurídicas complejas.
Aunque el empleador sea el Estado español, el contrato se rige por una combinación de normas:
- Derecho laboral local del país donde se presta el servicio.
- Normativa interna española aplicable a personal laboral en el exterior.
- Convenios internacionales o acuerdos bilaterales.
- Limitaciones derivadas del principio de inmunidad diplomática.
Estas circunstancias hacen que las relaciones laborales en el ámbito diplomático estén sujetas a un régimen especial que requiere un análisis caso por caso.
¿Qué supone un despido en este contexto?
Un despido de un trabajador que presta servicios para una embajada o consulado español puede ser impugnado si:
- No se ha seguido el procedimiento adecuado.
- No existen causas justificadas.
- Se ha vulnerado la normativa aplicable al personal laboral en el exterior.
- El despido encubre una represalia, discriminación u otra ilegalidad.
Aunque exista inmunidad diplomática, el Estado español puede ser demandado por sus trabajadores ante determinadas jurisdicciones cuando se trata de relaciones laborales de carácter privado.

RRYP Global, abogados de derecho internacional.

