Qué hago si expira mi residencia mientras pido la nacionalidad
En España, la vía más común de obtención de nacionalidad es por adquisición.
En concreto, el artículo 22 del Código Civil (en adelante CC) reconoce la posibilidad para los extranjeros de obtener la ciudadanía española tras haber residido en el país durante un periodo de tiempo determinado.
Este aparente fácil requisito lo convierte en un trámite común como forma de regularización y estabilización de la situación de numerosos extranjeros.
No obstante, no basta con haber vivido en el país por un determinado tiempo; es necesario cumplir con varios requisitos legales, demostrar integración en la sociedad y superar ciertos trámites administrativos.
Por ello, es frecuente pensar que siendo un permiso que precisa un proceso largo (de meses o incluso años), el inicio del trámite de nacionalidad protege automáticamente de caer en una situación irregular.
Pero la realidad es diferente.
No renovar la residencia a tiempo puede traer consecuencias graves, desde la denegación de la solicitud hasta dificultades para regularizar la situación nuevamente.
En este artículo, explicaremos todo lo que necesitas saber sobre la nacionalidad por residencia en España y aclararemos qué hacer si tu residencia caduca mientras esperas la nacionalidad
¿Qué dice la ley al respecto? ¿Cómo evitar problemas que puedan retrasar o incluso impedir la obtención de la ciudadanía española?
Requisitos para la nacionalidad por residencia
Antes de entrar en los posibles contratiempos que pueden surgir al iniciar este tipo de trámite de residencia.
Es necesario tener claro los requisitos necesarios para adquirir la nacionalidad española mediante el artículo 22 del CC.
La nacionalidad es un vínculo jurídico que une a la persona con el Estado.
Así el Código Civil establece tres requisitos generales comunes para todos los procesos de nacionalidad.
Estos deben cumplirse de forma posterior a la notificación de la concesión:
- Jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes.
- Renunciar a nacionalidad anterior. La renuncia a la nacionalidad anterior solo se exige en ciertos casos: Si el solicitante proviene de un país que no tiene convenio de doble nacionalidad con España o si la persona no tiene derecho a conservar su nacionalidad de origen tras adquirir la española.
Como excepción, es importante saber que aquellos ciudadanos de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardíes de origen español NO están obligados a renunciar a su nacionalidad de origen, ya que España permite la doble nacionalidad con estos países.
- Inscribir la adquisición de nacionalidad español en el Registro Civil.
En el caso que versa este artículo, los procesos de nacionalidad por residencia, como indica su nombre, es preciso cumplir un prerrequisito de residencia en territorio español para poder cumplir el proceso.
En concreto, la obtención de la nacionalidad por residencia requiere la residencia de la persona en España durante el período de residencia exigido, según el caso, de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición, así como el cumplimiento de los requisitos de buena conducta cívica e integración.
Por tanto, vemos que como requisito específico la residencia está condicionada por ley a ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
¿Qué duración tiene que tener la residencia?
Por regla general, la duración de la residencia está establecida en un mínimo de 10 años de forma legal en nuestro país.
Ahora bien, este tiempo puede reducirse en varios casos:
- Bastará con 2 años de residencia legal si:
- se trata de nacionales de origen: iberoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o Comunidad Sefardina.
- Bastará con 5 años de residencia legal si:
- El extranjero ha obtenido la condición de refugiado.
- Bastará con 1 año de residencia legal si:
– El extranjero ha nacido en territorio español.
– No ha ejercitado oportunamente la facultad de optar a residencia.
– Ha estado sujeto legalmente a tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución español durante 2 años consecutivos, o si continuase en dicha situación.
– El extranjero, al tiempo de la solicitud, llevase un año casado con un español/a y no estuviera separado (ni legalmente, ni de hecho).
– El extranjero, es viudo/a de un español/a
– Es nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela originariamente español.
¿Qué se entiende por buena conducta cívica e integración?
Por un lado, la acreditación de la buena conducta se justificará con la aportación del certificado de antecedentes penales del país de origen.
Es posible, que la que aún en posesión de antecedentes penales sea posible acreditar la buena conducta cívica, igual que su ausencia no implica tener una buena conducta. En estos casos, con los informes que expidan las autoridades competentes españolas.
Por otro, en la actualidad, la acreditación de la integración en la sociedad española está muy objetivizada puesto que consiste en la superación de unas pruebas administradas por el Instituto Cervantes.
Las pruebas consisten en la valoración del conocimiento y manejo del español y en los conocimientos constitucionales y socioculturales de España.
Estos exámenes de nacionalidad son las pruebas DELE (idioma) y CCSE (cultura).
Respecto al DELE
es el diploma oficial de español como lengua extranjera que otorga el Instituto Cervantes en nombre del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes de España.
Sus niveles (A1, A2, B1, B2, C1, C2) se corresponden con los niveles del Marco común europeo de referencia para las lenguas (MCER).
El diploma tiene vigencia indefinida y reconocimiento internacional. Interesa señalar que están exentos de las pruebas de idioma español los nacionales de países iberoamericanos o aquellos territorios donde el español sea un idioma oficial.
Respecto a la prueba CCSE
un examen de cultural general que evaluará el conocimiento de la Constitución Española y de la realidad social y cultural españolas.
La prueba se convoca todos los jueves al final del mes (a excepción de diciembre y agosto) y se puede realizar en diferentes instituciones.
La vigencia del certificado de CCSE es de 4 años desde la fecha de aprobación del acta de calificación.
El Instituto Cervantes reconoce la dispensa o excepción del examen CCSE en ciertas circunstancias (discapacidad o personas con estudios superiores en España).
¿Qué es la irregularidad sobrevenida? ¿Qué pasa si mi residencia caduca mientras tramito la nacionalidad?
La residencia legal a que se refiere el artículo 22 se adquiere por la obtención del permiso de residencia que corresponda a la situación personal del extranjero interesado, expedido por los órganos competentes de la Administración General del Estado, y no se puede confundir con la simple permanencia física en el territorio español.
De ahí que una situación irregular pudiera interceder en la resolución de un trámite de estas características.
Una irregularidad sobrevenida se produce cuando un ciudadano extranjero con permiso de residencia en España, de manera sobrevenida (inesperada y posterior), queda en situación irregular por dejar de cumplir con determinados requisitos que le autorizaban a disfrutar de un permiso de residencia.
La irregularidad puede presentarse en dos momentos:
Cuando es una irregularidad sobrevenida antes de solicitar la nacionalidad
En este caso, dependerá del criterio de la administración.
Según el artículo, la residencia debe ser “inmediatamente anterior”.
Por lo tanto, en teoría no sería concedida.
En este caso se debería regularizar la situación lo antes posible mediante un permiso de circunstancia excepcional (ARRAIGO) y el cómputo de tiempo de residencia legal continuada se interrumpiría.
Por lo tanto, el computo se reiniciaría a partir del momento regular.
Cuando es una irregularidad sobrevenida después de solicitar la nacionalidad
A efectos de la jurisprudencia, para la concesión de la nacionalidad española la fecha que ha de tenerse en cuenta a los efectos del cumplimiento del requisito de “residencia legal” es la de la solicitud (STS 3025/2012, de 10 de febrero de 2019).
Si un extranjero solicita la nacionalidad española por residencia y en el transcurso del procedimiento se queda en situación irregular (por ejemplo, por no renovar su permiso de residencia); ello no es motivo para que le denieguen su solicitud; cuestión que quedó zanjada con la Sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 18 de diciembre de 2020, recurso nº 594/2018.
El hecho de quedarse irregular no va a ser causa de denegación si al momento de la solicitud se encontraba en una situación de residencia legal, cumpliendo todos los requisitos para solicitar la nacionalidad española.
No obstante, se debe que prestar especial atención al hecho de si esa irregularidad sobrevenida se produce por haber cometido algún delito o se tienen antecedentes penales.
Ya que, uno de los requisitos es la buena conducta cívica y sí que podría denegarse la solicitud de nacionalidad española por residencia por no poder acreditarla, ya que es un requisito que se vuelve a revisar antes de cumplir los requisitos generales (jura, renuncia e inscripción).
En definitiva, lo ideal en estos casos es regularizar la situación lo antes posible, ya sea mediante el recurso de la resolución de denegación, como por la solicitud de permisos de residencia en circunstancias excepcionales.
¿Qué errores comunes pueden hacer que pierdas la nacionalidad?
Con el fin de evitar estos errores que podrían obstaculizar este tipo de trámites tan extendidos en el tiempo, dejamos estos consejos básicos:
- Prestar detenida atención a los plazos de renovación y requisitos de cada residencia. La mejor forma de evitar cualquier irregularidad sobrevenida es tener en consideración el tiempo que podría tardar la renovación y cuáles son las condiciones concretas necesarias para cada renovación.
- Adjuntar el justificante de pago de tasa, ya que esto podría detener el proceso del trámite.
- Revisar la documentación aportada. Es importante que los documentos estén completos, correctos y vigentes.
- No salir de España durante un periodo superior a 6 meses o periodos prolongados durante el proceso. Ello podría cuestionar la residencia continuada en España.
- Evitar cualquier antecedente penal, policial, deudas, multas o sanciones graves de forma anterior o durante el proceso.
- Hacer un seguimiento del trámite en caso de la necesidad de subsanar cualquier requisito y poder hacer a tiempo y responder a los requerimientos del Ministerio de Justicia.

RRYP Global, abogados de extranjería.