Muchas de las hipotecas concedidas los últimos años han llevado asociadas un tipo de seguro de vida que se viene declarando abusivo por los tribunales.
Ello se debe a que cuando financiamos una vivienda y constituimos una hipoteca sobre ella, el banco nos obliga a garantizar la devolución del crédito prestado en caso de fallecimiento mediante un seguro de vida.
Este seguro de vida debería poderse contratar con cualquier aseguradora, sin embargo, los bancos no lo permiten.
Obligan al cliente a suscribir un seguro con una aseguradora vinculada a ellos o su grupo de empresas para aceptar concederle la hipoteca al cliente.
Lo que, según la jurisprudencia, no es conforme a derecho.
Aquí las claves:
- Antes de firmar la hipoteca, el banco requiere la suscripción de un seguro de vida específico.
- El coste total del seguro es cubierto por adelantado con el dinero prestado por el banco.
- Debido a la cantidad significativa, el cliente busca financiamiento para el seguro.
- El banco financia el seguro al agregarlo a la cuota hipotecaria, lo que aumenta el capital del préstamo.
- Sin embargo, el banco no ofrece información clara sobre el costo total del seguro vinculado.
¿Qué es un seguro prima única?
Se entiende como prima única el coste total de un seguro que se paga de una sola vez.
Esto supone una cuantía elevada que, generalmente, los bancos añaden al capital del préstamo bancario.
Para ello, el banco lo añade al capital que presta para la constitución de la hipoteca.
Por lo que, a la hora de pagar los intereses del préstamo hipotecario también se paga por parte del cliente los intereses de la prima del seguro.
Así el banco se asegura la duración completa del periodo contratado para el seguro, pues el cliente ya habría pagado los 15, 20 o 25 años que el banco hubiera estipulado.
Es decir, el cliente no cambiará de compañía aseguradora hasta que haya terminado ese plazo, impidiendo así que el consumidor pueda encontrar una mejor oferta sobre el mismo producto.
Esto que hace el banco no es legal y se puede reclamar.
¿Es abusivo obligar a la contratación del seguro de prima única?
Sí. Eso han determinado nuestros tribunales.
Obligar la contratación de un seguro de vida concreto para la contratación de una hipoteca es abusivo.
El banco estaría incumpliendo las normas de transparencia de la Directiva 2014/17 que señala que: “si la celebración de un contrato relativo a un servicio accesorio, en particular un seguro, fuera obligatoria y el coste no pudiera determinarse de ante mano, dicha obligación deberá mencionarse de forma clara, concisa y destacada junto con la T.A.E.”.
Por tanto, una vez se determina este hecho como abusivo, el banco se ve obligado a devolver al asegurado la totalidad de la prima satisfecha hasta el momento, los intereses devengados mes a mes y los intereses legales desde la suscripción del seguro hasta la presentación de la demanda.
¿Cómo reclamar por el seguro de vida que pagué en la hipoteca?
Para reclamar necesitas reunir toda la información relacionada con la operación.
Es decir:
- Escritura de préstamo hipotecario.
- Oferta vinculante previa a la suscripción del préstamo hipotecario.
- Cualquier documento en el que el banco hable de la vinculación del seguro al préstamo.
- Póliza de seguro.
Cuando lo tengas, deberás acudir a un abogado para que te asesore sobre cómo continuar con el proceso.
Las cantidades a devolver oscilan entre los 2.000 y los 30.000 €.
En RRYP Global estaremos encantados de atenderte.
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