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Tarjeta Azul UE

Abogados de Tarjeta azul de la UE: Con asesoría legal en desplazamientos profesionales y normativa de extranjería.

En RRYP Global nos dedicamos a gestionar la obtención de la Tarjeta Azul de la UE, un permiso que permite a ciudadanos de fuera de la Unión Europea vivir y trabajar en España o en otros países miembros como profesionales altamente cualificados. Esta autorización ofrece ventajas como la posibilidad de reunificación familiar, facilidad para trasladarse dentro del territorio comunitario y un acceso más ágil a la residencia de larga duración.

Mazo de la justicia

Profesionalidad

Analizamos cada caso en profundidad para ofrecer soluciones jurídicas eficaces en la obtención de la Tarjeta Azul UE, atendiendo a los requisitos legales, el perfil profesional del solicitante y las necesidades de la empresa contratante.

Excelencia

Examinamos cada caso para encontrar la mejor solución legal en el proceso de obtención de la Tarjeta Azul UE, valorando la situación del empleador y del profesional cualificado, y asegurando el cumplimiento de todos los requisitos.

Seguridad y balanza de la justicia

Compromiso

Tarifas claras, acompañamiento cercano y soluciones ágiles en la tramitación de la Tarjeta Azul UE, tanto para empresas que desean contratar talento cualificado como para profesionales extracomunitarios que buscan trabajar en la Unión.

Apariciones en los medios de nuestro despacho de abogados

Hemos sido objeto de entrevistas en diversos medios en relación con nuestra especialidad, y somos una presencia habitual en la prensa nacional e internacional. Además, impartimos conferencias regularmente en el campo del Derecho internacional.

Aquí puedes ver más.

¿En qué consiste la Tarjeta Azul de la UE?

La Tarjeta Azul de la Unión Europea es un permiso de residencia y trabajo pensado para ciudadanos extracomunitarios que quieren ejercer una profesión altamente cualificada en un país miembro de la UE.

Este permiso es válido en todos los Estados miembros, con excepción de Dinamarca e Irlanda.

Su creación se remonta a la Directiva 2009/50/CE, posteriormente actualizada por la Directiva (UE) 2021/1883, con el objetivo de atraer talento internacional y cubrir la demanda de profesionales cualificados en sectores clave para la economía europea.

Requisitos para la obtención de la Tarjeta Azul de la UE

Formación o experiencia profesional equivalente

Se requiere disponer de un título universitario o formación de nivel similar. Alternativamente, se puede justificar la cualificación mediante un mínimo de tres años de experiencia profesional o cinco años de competencias adquiridas.

Contrato o propuesta de empleo
cualificado

Es necesario presentar un contrato de trabajo firmado o una oferta laboral en firme para un puesto que exija alta cualificación, con una duración mínima de seis meses desde
el inicio de la
actividad.

Condiciones salariales conforme a la
normativa

El contrato debe respetar las condiciones laborales previstas en el convenio colectivo aplicable, y el salario ofrecido no puede estar por debajo del umbral fijado por la normativa: entre 1,0 y 1,6 veces el salario bruto medio anual en España.

Solicitud de autorización por parte del empleador

El procedimiento de solicitud implica tanto al empleador como al trabajador, y puede gestionarse desde el país de origen o directamente desde España, según el caso.

Habitualmente, es la empresa que contrata quien inicia el trámite, presentando la solicitud de residencia y trabajo ante alguno de los siguientes organismos, según corresponda:

Documentación a aportar

Para iniciar el procedimiento, es obligatorio presentar la siguiente documentación:

  • NIF de la empresa: Documento que acredita la identidad fiscal y la existencia legal de la entidad contratante.

  • Identificación del representante legal: Justificante que acredita a la persona con facultad para actuar en nombre de la empresa.

  • Formulario EX-05: Modelo oficial debidamente cumplimentado y firmado por la empresa o su representante.

  • Contrato de trabajo: Copia firmada por ambas partes, con una duración mínima de seis meses y conforme a la normativa vigente.

  • Certificados de cumplimiento fiscal y con la Seguridad Social: Acreditan que la empresa está al día en sus obligaciones tributarias y laborales.

  • Descripción del puesto: Documento que detalla funciones, requisitos del cargo y nivel de cualificación requerido.

  • Acreditación de solvencia económica: Demostración de que la empresa cuenta con los medios suficientes para asumir la contratación.

  • Currículum del trabajador y documentación formativa: Incluye el CV actualizado y la titulación académica o experiencia profesional equivalente.

  • Pasaporte completo del trabajador: Copia íntegra del pasaporte en vigor.

  • Justificante de pago de la tasa administrativa: Modelo 790, código 038, debidamente abonado.

Plazos a tener en cuenta

La administración dispone de un plazo de 45 días hábiles para resolver la solicitud, contado desde el día siguiente a su presentación.

En caso de no emitirse resolución dentro de ese plazo, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo.

Si se concede la autorización, la empresa debe proceder a dar de alta al trabajador en la Seguridad Social de forma inmediata.

Procedimiento tras la resolución favorable de la autorización inicial

Una vez concedida la autorización, el trabajador dispone de un mes para acudir al consulado de España en su país de origen y solicitar el visado correspondiente.

Deberá presentar la siguiente documentación:

Pasaporte completo, válido y en vigor.

Fotografía reciente en formato
carné.

Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de residencia.

Autorización de residencia expedida por la
UGE-CE.

Abono de la tasa
correspondiente.

Prueba de residencia en la demarcación consular.

Entrada a España

El visado suele resolverse en un plazo aproximado de 10 días desde el día siguiente a su presentación. Una vez concedido y tras la entrada del trabajador en España, deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía correspondiente a su domicilio. Esta tarjeta acredita su residencia legal como titular de la Tarjeta Azul UE y debe solicitarse en un plazo máximo de un mes desde la entrada en territorio españo

Nuestro equipo de abogados

Contamos con un equipo sólido de abogados dedicados al derecho penal, civil, administrativo, laboral e internacional; brindando un servicio jurídico completo y excepcional a nuestros clientes. Además, colaboramos con los mejores profesionales de España para garantizar la máxima calidad y rigor jurídico en cada asunto. 

Mar Gámez sentada en una silla de la oficina de RRYP Global en Córdoba

«Nuestra misión es optimizar la justicia para que cualquiera pueda acceder a ella fácilmente y con seguridad. Hacer lo necesario de forma excepcional para defender los intereses de nuestro cliente con honorabilidad, rigor y transparencia. Buscando siempre el éxito en cada asunto». 

Mar Gámez – Socia Abogada de RRYP Global

Abogada mercantilista e internacionalista especializada en Derecho mercantil e internacional, con amplios conocimientos en Derecho civil.
.
Docente del curso de Derecho internacional de Aranzadi. Mentora de la Universidad Nebrija y mentora legal de empresas y startups en Córdoba Biotech.
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Derecho y Relaciones Internacionales por Loyola. Máster en International Business Law por ISDE. Homologada por EOI, IPEX e ICEX CECO.
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Fundadora de Relaciónateypunto, empresa reconocida como Top50 Premios Emprendemos. Conferencista y ponente. Analista internacional.
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Instituciones con las que hemos colaborado

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Imagen desde arriba de Málaga. Plaza de toros y edificios de alrededor.
Pº Reding 43, 1º, Málaga
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Puente romano de Córdoba
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